LA LEY DEL PATRIMONIO NATURAL Y LA BIODIVERSIDAD BÁSICA PARA SALVAR «LA TERRETA»
LA LEY DEL PATRIMONIO NATURAL Y LA BIODIVERSIDAD
Entra en vigor la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
El BOE ha publicó la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, el 17/diciembre/2007 que se establece el régimen jurídico básico de la conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad española. Las Entidades Locales participarán en su desarrollo a través del Consejo Estatal y con la aplicación de medidas adicionales a las que marca la Ley.
Los principios que inspiran esta Ley se centran en el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales y de los sistemas vitales básicos, en la preservación de la diversidad biológica, genética, de poblaciones y de especies, y en la preservación de la variedad, singularidad y belleza de los ecosistemas naturales, de la diversidad geológica y del paisaje.
También se inspira en el deber de conservar y garantizar los derechos de las personas a un medio ambiente adecuado para su bienestar, salud y desarrollo. Igualmente, recoge las normas y recomendaciones internacionales de organismos y regímenes ambientales internacionales, como el Consejo de Europa o el Convenio sobre la Diversidad Biológica.
Las Administraciones competentes garantizarán que la gestión de los recursos naturales se produzca con los mayores beneficios para las generaciones actuales, sin merma de su potencialidad para satisfacer las necesidades y aspiraciones de las generaciones futuras, velando por el mantenimiento y conservación del patrimonio, la biodiversidad y los recursos naturales existentes en todo el territorio nacional, con independencia de su titularidad o régimen jurídico, atendiendo a su ordenado aprovechamiento y a la restauración de sus recursos renovables.
Para la coordinación de estas actuaciones, se crea el Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, el órgano de participación pública que informará las normas y planes de ámbito estatal relativas al patrimonio natural y la biodiversidad, y en el que se integrarán, con voz pero sin voto, las Comunidades Autónomas y una representación de las Entidades Locales, a través de la FEMP. La composición de este órgano se determinará reglamentariamente, previa consulta con las Comunidades Autónomas, garantizándose, en todo caso, la participación de las organizaciones profesionales, científicas, empresariales, sindicales y ecologistas más representativas.
La Ley señala, por otra parte, que las Entidades Locales, en el ámbito de sus competencias, según lo establecido en la legislación estatal y autonómica, podrán establecer medidas normativas o administrativas adicionales de conservación del patrimonio natural y la biodiversidad. Es en este ámbito donde se encuadrará la actuación de la Red de Gobiernos Locales + Biodiversidad, creada este año en el seno de la FEMP en colaboración con la Fundación Biodiversidad.
Comentarios recientes