Archivo

Archive for sábado, septiembre 27, 2008

CONGRESO SOCIALISTA, AL FINAL TODOS, UNO

sábado, septiembre 27, 2008 Deja un comentario

A Lestrigones y Cíclopes no encontrarás

sábado, septiembre 27, 2008 Deja un comentario

La mitad de los ciudadanos de la Comunitat no hablan valenciano

KAVAFIS

Cuando partas hacia Itaca
pide que tu camino sea largo
y rico en aventuras y conocimiento.
A Lestrigones, Cíclopes
y furioso Poseidón no temas,
en tu camino no los encontrarás
mientras en alto mantengas tu pensamiento,
mientras una extraña sensación
invada tu espíritu y tu cuerpo.
A Lestrigones, Cíclopes
y fiero Poseidón no encontrarás
si no los llevas en tu alma,
si no es tu alma que ante ti los pone.
Pide que tu camino sea largo.
Que muchas mañanas de verano hayan en tu ruta
cuando con placer, con alegría
arribes a puertos nunca vistos.
Detente en los mercados fenicios
para comprar finos objetos:
madreperla y coral, ámbar y ébano,
sensuales perfumes, -tantos como puedas-
y visita numerosas ciudades egipcias
para aprender de sus sabios.
Lleva a Itaca siempre en tu pensamiento,
llegar a ella es tu destino.No apresures el viaje,
mejor que dure muchos años
y viejo seas cuando a ella llegues,
rico con lo que has ganado en el camino
sin esperar que Itaca te recompense.
A Itaca debes el maravilloso viaje.
Sin ella no habrías emprendido el camino
y ahora nada tiene para ofrecerte.
Si pobre la encuentras, Itaca no te engañó.
Hoy que eres sabio, y en experiencias rico,
comprendes qué significan las Itacas.

AYUDAS O PRESTACIONES POR DESEMPLEO

sábado, septiembre 27, 2008 6 comentarios

Ayudas por desempleo

Las prestaciones son numerosas y es de vital importancia conocerlas y saber dónde y cómo solicitarlas

– Imagen: CE

Las oficinas de empleo, tras años de relativa tranquilidad, vuelven a llenarse. La situación de crisis por la que atraviesa España, especialmente en algunos sectores, provoca que numerosos ciudadanos pierdan diariamente su empleo y acudan a informarse sobre qué ayudas pueden recibir. Éstas son numerosas, y es de vital importancia conocer cuáles son y a dónde dirigirse para solicitarlas.

Aunque las etapas de bonanza y crisis son cíclicas, el paro sigue aumentando cada mes. Según datos del Ministerio de Trabajo, el paro registrado en los Servicios Públicos de Empleo en el mes de agosto alcanzó la cifra de 103.085 personas y situó el número total de desempleados en 2.530.001, un 4,2% más que el mes de julio y la mayor cifra de parados desde febrero de 1998. La tasa de paro se sitúa actualmente en el 10,5% y en el último año se ha incrementado en 501.705 personas. Esta subida de agosto duplica la que se registró el año pasado por estas fechas cuando el número de parados aumentó en 57.958, un 2,94% frente a julio del pasado ejercicio y un 2,25% en tasa interanual.

La protección por desempleo se puede dar a dos niveles:

  • Contributivo: Prestación por desempleo. Para disfrutar de la misma se requiere la cotización previa del trabajador a la Seguridad Social.
  • Asistencial: Subsidio por desempleo. Corresponde a aquellas personas que ya no pueden recibir la prestación contributiva por desempleo. La protección asistencial consta de una prestación económica y del abono a la Seguridad Social de la cotización correspondiente a las prestaciones de asistencia sanitaria, protección a la familia y, en su caso, jubilación.

Subsidio

Según el Instituto Nacional de Empleo (INEM), encargado de regular tales prestaciones laborales, pueden beneficiarse del subsidio por desempleo todos aquellos parados que, figurando inscritos como demandantes de empleo (sin haber rechazado oferta de empleo adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales) carezcan de rentas de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

– Imagen: Elena

El Servicio Público de Empleo Estatal es el organismo autónomo, dependiente del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, encargado de la gestión y control de estas prestaciones, salvo para los trabajadores incluidos en otro tipo de régimenes especiales. Por tanto, hay que dirigirse a este organismo para informarse y poder percibir dichas ayudas. Cada comunidad autónoma, además, regula sus oficinas de empleo y trabajo según sus normativas, coordinadas por el INEM.

Sólo pueden ser perceptores de subsidio por desempleo determinados grupos de población, con situaciones especiales:

  • Trabajadores que han agotado la prestación contributiva por desempleo y tienen responsabilidades familiares: la duración de la prestación es de seis meses prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses, con determinadas excepciones, que pueden ser consultadas en cualquier oficina de trabajo de la comunidad autónoma correspondiente.
  • Trabajadores mayores de 45 años que han agotado prestación contributiva por desempleo sin responsabilidades familiares: la duración de la prestación también es de seis meses. En el supuesto de trabajadores fijos discontinuos, la duración será equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.
  • Subsidio especial para trabajadores mayores de 45 años que hayan agotado una prestación por desempleo de 24 meses: la prestación dura seis meses, a partir del agotamiento de la prestación contributiva, si se solicita dentro del plazo establecido. Una vez percibido este subsidio especial, los trabajadores podrán obtener el subsidio por desempleo por haber agotado una prestación contributiva.

Para este caso especial, la cuantía mensual del subsidio por desempleo estará en función del número de cargas familiares: con un familiar o ninguno a su cargo, el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM): 399,36 euros/mes para el año 2007 y 413,52 euros/mes en 2008; con dos familiares a su cargo, el 107% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples: 534,14 euros/mes para el año 2007 y 553,08 euros/mes en 2008 y con tres o más familiares a su cargo, el 133% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples: 663,94 euros/mes para el año 2007 y 687,47 euros/mes en 2008.

  • Trabajadores que, al producirse la situación legal de desempleo, no han cubierto el período mínimo de cotización para acceder a una prestación contributiva: como requisito los trabajadores deben tener cotizados, en un régimen de la Seguridad Social que contemple la contingencia de desempleo, al menos tres meses si tienen responsabilidades familiares, o seis meses si no las tienen, y no tener cubierto el período mínimo de cotización de 360 días para tener derecho a una prestación contributiva.
  • Trabajadores emigrantes retornados: para percibir esta ayuda han de inscribirse como demandantes de empleo en el plazo de un mes desde la fecha de su retorno y suscribir el Compromiso de Actividad. También deben acreditar haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos seis años desde su última salida de España, en países no pertenecientes a la UE, o con los que no exista convenio sobre protección por desempleo. La duración de la percepción es de seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses.
  • Liberados de prisión, cuya privación de libertad haya durado seis o más meses: la duración de la prestación de subsidio es de seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses.
  • Trabajadores que sean declarados plenamente capaces o inválidos parciales, como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez permanente absoluta o total para la profesión habitual: en este caso, la duración de la prestación es la misma que la situación anterior.
  • Trabajadores mayores de 52 años: estos casos se aplica la ayuda hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que se exija en cada caso para cobrar la pensión de jubilación.

Cuantías y plazos

El plazo de presentación de la solicitud para acogerse al subsidio por desempleo es, en la mayoría de los casos, de 15 días hábiles, que empiezan a contar una vez transcurrido el mes de espera desde el agotamiento de la prestación contributiva o del subsidio especial para trabajadores mayores de 45 años que hayan agotado una prestación por desempleo de 24 meses.

La cuantía mensual de subsidio por desempleo para todos estos casos, a excepción del subsidio especial para trabajadores mayores de 45 años que hayan agotado una prestación por desempleo de 24 meses, es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples: 399,36 euros/mes para el año 2007, y 413,52 euros/mes en 2008. Además, a partir del 1 de enero de 2006, para los trabajadores fijos discontinuos mayores de 52 años se ingresará la cotización por la contingencia de jubilación durante todo el periodo de percepción del subsidio.

En el caso de que la prestación contributiva anterior se hubiera generado por la pérdida de un trabajo a tiempo parcial, para los subsidios nacidos antes del 24 de marzo de 2007, la cuantía se reducirá en proporción a la jornada de trabajo que hubiera efectuado, y la base de cotización a la Seguridad Social estará en la misma proporción.

Otras ayudas

Otra de las ayudas que ofrece el Gobierno en situación de paro es la del pago único de la prestación. Ésta es una medida para fomentar y facilitar iniciativas de empleo autónomo, a través del abono del valor actual del importe de la prestación por desempleo de nivel contributivo a los beneficiarios de prestaciones que pretenden incorporarse, de forma estable, como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas o en sociedades laborales, constituirlas, o que quieren desarrollar una nueva actividad como trabajadores autónomos.

Además, los Servicios Públicos de Empleo deben tener en cuenta la condición de víctima de violencia de género o de víctima de violencia doméstica para atemperar, en caso necesario, el cumplimiento de las obligaciones que se deriven del compromiso de actividad. De este modo, estas personas perciben unas cuantías especiales.

El incremento del paro ha provocado también que desde las más altas instancias se tomen medidas para tratar de que el número de parados disminuya. Así, se ha autorizado un crédito extraordinario y cuatro suplementos de crédito por un importe total de 66.279.000 euros para financiar las actuaciones incluidas dentro del plan extraordinario de orientación, formación profesional e inserción laboral. Este plan, de acuerdo con lo establecido en el a Real Decreto-Ley 2/2008 de medidas de impulso a la actividad económica, está dirigido a aumentar la prestación de los servicios a los desempleados inscritos en los Servicios Públicos de Empleo. Asimismo, se dirige a los trabajadores ocupados que puedan necesitar orientación o formación para mejorar su cualificación.

PRESTACIONES POR DESEMPLEO

Los beneficiarios de la prestación por desempleo son aquellos afiliados y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo. Ahora bien, según el INEM, estos ciudadanos tienen que acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada y suscribir un Compromiso de Actividad.

La duración de la prestación se extiende en función del período cotizado por desempleo en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar. Con el promedio de las bases de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales por las que se cotizó durante los 180 días anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar (sin contar las horas extraordinarias), se calcula la base reguladora de la prestación por desempleo. Durante los 180 primeros días de prestación se percibe el 70% de la base reguladora; a partir del día 181, el 60%. La situación cambia, y las cuantías aumentan, en función de si se tienen hijos, y dependiendo del número de estos.

El pago de la prestación se realizará por meses vencidos entre los días 10 y 15 de cada mes, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera colaboradora indicada por el trabajador -de la que sea titular- salvo en los casos, debidamente justificados, en los que la entidad gestora permita el pago en efectivo por la entidad financiera.

NOTICIAS RELACIONADAS

También te interesa

Y además, otros contenidos que pueden interesarte

AYUDAS FAMILIAS NUMEROSAS

sábado, septiembre 27, 2008 4 comentarios

Nuevas ayudas a las familias numerosas

Ayudas directas y fiscales centran el apoyo institucional en la familia, que en España no supone ni el 18% de la media europea

  • Autor: Por GRACIA TERRÓN
  • Fecha de publicación: 20 de febrero de 2008

Ayudas estatales


– Imagen: hortongrou

Más de millón y medio. Es el número de hogares que en España entra dentro de la categoría de familia numerosa. Una cifra más que suficiente para ser tomada en consideración, algo que no siempre ocurre. En España queda todavía mucho camino por recorrer para alcanzar el nivel de ayudas que reciben las familias europeas (donde de media se destina un 2,1% del PIB para ayudas a las familias, frente al 0,85% español), aunque lo cierto es que en nuestro país se ha incrementado notablemente el número y la cuantía de las subvenciones que recibe este grupo. Además de los beneficios que se establecen en todo el ámbito estatal, como la reducción de las cuotas de la Seguridad Social, descuentos en el transporte e instituciones culturales… cada vez son más las comunidades autónomas que van incorporando ayudas directas y fiscales para las familias numerosas. No obstante, las diferencias son notables entre ellas. Mientras País Vasco, Navarra, Cantabria y Cataluña disponen de las subvenciones más generosas, en otras zonas, las ayudas son casi testimoniales.

¿Qué es una familia numerosa?

En España, hasta hace pocos años el modelo típico de familia numerosa era aquella formada por uno o dos ascendientes con tres o más hijos, sean o no comunes. No obstante, la legislación actual también otorga el calificativo de «numerosa» a la familia que cumple otra serie de requisitos. Por ejemplo, disfrutan de las ayudas concedidas a este tipo de estructuras familiares las que cuentan con uno o dos ascendientes con dos hijos (comunes o no), y al menos uno de los hijos minusválido o incapacitado para trabajar o las que están compuestas por dos ascendientes con dos hijos (comunes o no), cuando los progenitores son minusválidos, están incapacitados para trabajar, o al menos uno de ellos cuenta con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Además, pueden disfrutar de las subvenciones por familia numerosa los hogares en los que el padre o la madre estén separados o divorciados pero tengan a su cargo tres o más hijos, comunes o no, aunque formen parte de distintas unidades familiares, si están bajo su dependencia económica y aunque no vivan en el hogar conyugal. De igual forma, dos hermanos huérfanos de padre y madre, sometidos a tutela, acogimiento o guarda, sin estar a expensas del tutor, acogedor o guardador también pueden disfrutar de las ayudas estatales y autonómicas reconocidas a las familias numerosas. Lo mismo les sucede cuando el núcleo familiar se compone de tres o más hermanos huérfanos de padre y madre mayores de 18 años o dos, si uno es discapacitado, que convivan y tengan dependencia económica entre sí.

Conviene saber también que la legislación actual contempla dos categorías de familias numerosas:

  • Especiales: Las familias con 5 ó más hijos, las que tengan 4 hijos si al menos 3 de ellos proceden de parto, adopción o acogimiento múltiples y las que tengan 4 hijos cuando los ingresos per cápita de la unidad familiar no superen el 75% del salario mínimo interprofesional vigente, incluidas pagas extraordinarias.
  • Generales: En la categoría general se insertan las restantes familias.

Cuando en la familia numerosa haya discapacitados, cada uno de ellos se contabiliza como dos hijos a la hora de determinar la categoría.

Ayudas específicas

Todos los hogares que ostenten el título de familia numerosa gozan de forma automática de las ayudas concedidas a éstas en España, siempre que hayan solicitado el título que otorga en cada comunidad autónoma el organismo competente (suelen ser las Oficinas de Asuntos Sociales). De entrada, por disponer del título, el Estado concede a las familias numerosas una serie de beneficios, entre los que destacan los siguientes:

  • La concesión de 3.500 euros de ayuda directa universal para familias numerosas por el nacimiento o adopción de cada nuevo hijo con el que se amplíe la familia, siempre que los ingresos anuales no superen los 15.903,65 euros (esta cantidad se amplía en 2.575,95 euros más por cada hijo a cargo a partir del cuarto, éste incluido). En este caso, el beneficiario puede ser cualquiera de los progenitores o adoptantes. Ésta es la última ayuda concedida a familias numerosas con carácter estatal, en vigor desde el año 2007.
  • Bonificación del 45% de las cuotas de la Seguridad Social por la contratación de un cuidador al servicio de la familia numerosa. De esta ayuda se beneficia el miembro de la familia que figure como contratante del cuidador.
  • Incremento del límite de ingresos para tener derecho a la asignación económica de la Seguridad Social por hijo a cargo menor de 18 años.
  • Extensión del período considerado como cotizado y de reserva del puesto de trabajo en caso de excedencia por cuidado de hijo.
  • Derechos de preferencia para conseguir becas, reducción del 50% (para la categoría general), o exención (para la categoría especial) de tasas y precios públicos en el ámbito de la educación.
  • Derecho al subsidio por necesidades educativas especiales asociadas a la discapacidad para el transporte y comedor.
  • Bonificaciones del 20% o 50% en las tarifas de transporte por carretera, ferrocarril y marítimo (dependiendo de la categoría).
  • Descuento del 10% o el 50% (según categoría) en las tarifas aéreas nacionales.
  • Derechos de preferencia en el acceso de actividades de ocio del IMSERSO (turismo y termalismo social) y bonificación en las cuotas.
  • Bonificaciones en los precios de museos, auditorios y teatros estatales.
  • En materia de vivienda: acceso a ayudas financieras, subsidiación de préstamos, facilidades para cambio de vivienda en caso de incremento del número de miembros, adaptación en caso de discapacidades, alquileres, etc.

UNA VALENCIANA PONE RITMO A OBAMA

sábado, septiembre 27, 2008 Deja un comentario

«Vota por el cambio, sí, y no le digas que no»

La cantante Noelia Zanón participa en la campaña del candidato demócrata para captar el voto latino
26.09.08 –

El equipo de Barack Obama ha fichado a la cantante valenciana Noelia Zanón como representante musical de su campaña. El himno de los demócratas, que será cantado en varios idiomas, tendrá también su versión en castellano, una adaptación del último single de la artista, “Quédate en mi corazón”. Zanón viajará a Washington el próximo 1 de octubre, y ya ha grabado la adaptación de la música de la campaña, que lleva por título “Vota por Obama hoy”.

VÍDEO – CANCIÓN

‘Vota por Obama, hoy’– fue grabada este miércoles mismo en Soniart Producciones, de Alegemesí (Valencia), responsable también del disco ‘Rosa del viento’, donde se incluye la composición y que pretende atraer el voto hispano para Obama.

La representante manifestó a Europa Press que están viviendo esta situación «algo nerviosas porque es como un sueño». «Llevábamos años intentado el lanzamiento musical de Noelia y ahora va entrar en el mercado americano de la mano del próximo presidente de los Estados Unidos«, aseveró….

Discurso de investidura de Vargas Llosa como doctor Honoris Causa por la Universidad de Alicante

sábado, septiembre 27, 2008 Deja un comentario

ALICANTE, 26 (EUROPA PRESS)

El escritor Mario Vargas Llosa destacó hoy que «ningún escritor es una isla» y que se ve afectado por su propio contexto y por «el intercambio constante, y no siempre consciente,» con otros escritores, cuyas obras lo «estimulan y enriquecen y a veces ahogan», al tiempo que destacó a aquellos que son capaces de «metabolizar las influencias de una forma creativa».

Con motivo de su investidura como Doctor Honoris Causa por la Universidad de Alicante, Mario Vargas Llosa pronunció una lección magistral, en la que se centró en las influencias de Shakespeare en William Faulkner, de éste en Jorge Luis Borges y de éste a su vez en Juan Carlos Onetti, pese al desencuentro personal de estos dos últimos al conocerse en una cervecería porteña, según relató Vargas Llosa.

El escritor inició su lección argumentando el tema central de estas influencias en que «ningún escritor es una isla» y quiso destacarlo por la «falacia» que, en su opinión, está extendida de considerar negativa la influencia de escritores en la obra literaria de alguien.

Según Vargas Llosa, «todas las obras literarias, incluso las más ambiciosas e innovadoras» están «influidas por su contexto», aunque sean una reacción «contra él». Además, según añadió, hay «un intercambio constante, y no siempre consciente», de otros escritores y de sus obras en las propias.

Las obras de otros escritores «estimulan y enriquecen» a otros, aunque a veces puedan «ahogarlos», según el escritor peruano, quien opinó que la excelencia en la escritura vendría, de este modo, en la capacidad de «metabolizar las influencias de una forma creativa».

Durante el solemne acto, Ignacio Jiménez Raneda subrayó que, con la investidura de Vargas Llosa, la institución que dirige «cumple así un destino latinoamericano, que hace doce años iniciamos con otro doctorado Honoris-Causa concedido al querido uruguayo Mario Benedetti». Así, según dijo, «los dos Marios en nuestro claustro de doctores revelan la voluntad de aproximarnos cada vez más a aquel continente bello y doloroso en cuya cercanía queremos estar».

Por su parte, el catedrático Enrique Rubio Cremades, director de la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes, destacó en su ‘laudatio’ al escritor que su semblanza es «en su grado rica en matices y contenidos», tanto por su obra literaria, su «fuerza creadora» y por su «actitud reflexiva».

Nacionalizado español en 1993, Mario Vargas Llosa ha conseguido los principales galardones literarios en lengua española, entre ellos el Cervantes, el Rómulo Gallegos, el Príncipe de Asturias, compartido con Rafael Lapesa y el Planeta.

En enero de 1996, Vargas Llosa fue elegido académico de la lengua, institución en la que ingresó con un discurso sobre Azorín. Mario Vargas Llosa ha sido traducido a gran número de lenguas y está considerado como una de las principales figuras literarias del momento, con 18 novelas publicadas, numerosos ensayos y artículos periodísticos.
Vargas Llosa (Arequipa, Perú, 1936) es miembro de la Real Academia Española y de la Academia Peruana de la Lengua, crítico literario, periodista y escritor. Ha recibido importantes premios: Planeta, Rómulo Gallegos, Cervantes y Príncipe de Asturias.
Entre sus obras destacan especialmente las novelas «La ciudad y los perros» (1963), «La casa verde» (1966), «Conversación en la Catedral» (1969), «Pantaleón y las visitadoras» (1973), «La tía Julia y el escribidor» (1977), «La guerra del fin del mundo» (1981) o «La fiesta del Chivo» (2000); el relato «Los cachorros» (1967); los ensayos literarios sobre García Márquez: «Historia de un deicidio» (1971), «La orgía perpetua: Flaubert y Madame Bovary» (1975), «La verdad de las mentiras» (1990), «Cartas a un joven novelista» (1997) y el volumen de memorias «El pez en el agua» (1993).