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La Audiencia Nacional dice que a Garzón no le compete investigar crímenes franquistas
La Audiencia Nacional dice que a Garzón no le compete investigar crímenes franquistas
AGENCIAS. 28.11.2008 – 14:01h /20 Minutos
- Catorce de los jueces han votado a favor de declararlo incompetente.
- Garzón se inhibió el día 18 en favor de los juzgados territoriales.
- Minuteca todo sobre:
Los 18 magistrados que componen este órgano han tomado esta decisión tras el incidente de competencia que promovió el fiscal-jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, para apartar a Garzón de la investigación y sobre los recursos de apelación y queja que presentó contra el auto en el que el magistrado se declaraba competente para asumir esta causa.
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CLUB INFORMACION. Ponencia: “Empleo, trabajo y desigualdades en salud: una perspectiva global”.
CLUB INFORMACION. Ponencia: “Empleo, trabajo y desigualdades en salud: una perspectiva global”.
Noviembre 28th, 2008 by Redacción
V JORNADAS ORGANIZADAS POR EL FORO EN DEFENSA DE LA SANIDAD PÚBLICA DE ALICANTE (FDSP_A) EN COLABORACIÓN CON EL CLUB INFORMACIÓN.
Lugar. CLUB INFORMACION. Avda. Doctor Rico, 17 – Alicante
Martes, 9 de diciembre de 2008 a las 19:00 horas.
http://www.clubinformacion.com/acto.jsp?pIdActo=1632
Ponente, Joan Benach.
Licenciado en Medicina (UAB), Màster en Salud Pública (UB), Doctor en Salud Pública (Johns Hopkins) y especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública. Tiene formación en Historia Contemporánea (UAB), Metodología de las Ciencias sociales (UB) y Políticas Sanitarias (Universidad Berkeley).
Joan Benach es, junto a Carles Muntaner, director de la Red de Condiciones de Empleo y Desigualdades en Salud que forma parte de la Comisión de Determinantes Sociales de Salud de la OMS. Ambos son profesores de salud pública en la Universidad Pompeu Fabra y Universidad de Toronto (Canadá) respectivamente y coautores del libro Aprender a mirar la salud. Libros de El Viejo Topo, Barcelona, 2005. Actualmente se encuentran preparando la edición de un nuevo libro fruto de los tres últimos años de trabajo.
Resumen.
A nivel mundial el paro llegó a su máximo histórico en el año 2006 a pesar del fuerte crecimiento económico global. Así, el crecimiento global falló en su intento de reducir el paro a nivel mundial a pesar incluso del fuerte crecimiento económico global que ha seguido durante el 2007. Por todo ello existe una preocupación seria sobre las perspectivas de creación de empleo justo y la reducción de la precariedad en el empleo. Sin oportunidades de ocupación o cobertura por indemnización de paro, contratos de trabajo por debajo de los estándares mínimos de calidad y en la mayoría de los casos mal pagados, es la única manera de sobrevivir para muchos trabajadores y sus familias. De hecho, el trabajador precario representa alrededor del 25 por cien del total de la fuerza de trabajo contratada respecto al total de países en vías de desarrollo y pobres. En otras palabras, uno de cada cuatro personas empleadas pertenece a una familia que vive en la pobreza. Además, durante las dos últimas décadas la ocupación en la economía sumergida ha aumentado rápidamente en todas las regiones de la mayoría de los países con renta per cápita media-baja. Incluso antes de la crisis asiática a finales de los años 90, la participación de la mano de obra no agrícola en la economía sumergida representaba más del 55 por ciento en Latinoamérica, y abarcaba desde el 45 al 85 por ciento en Asia, y el 80 por ciento en África. Una característica del empleo sumergido es la carencia de cualquier control estatutario para proteger las condiciones laborables, los sueldos, la seguridad en el trabajo y la salud laboral de los trabajadores, o incluso la inexistencia de un seguro de accidentes. Los Trabajadores también tienden a estar menos representados sindicalmente o a tener un acceso limitado a las organizaciones sindicales existentes. Esta situación es especialmente preocupante si uno se detiene ante la situación de los niños-obrero, los esclavos y los obreros que realizan trabajos forzados/encadenados, la mayoría de los cuales son mujeres o chicas. A nivel mundial, 317 millones de niños entre los 5 y los 17 años producen actividad económica y 218 millones son niños-obrero; y de estos, aproximadamente 126 millones desempeñan trabajos peligrosos. Globalmente, se calcula que hay alrededor de 28 millones de víctimas de la esclavitud, y que 5,7 millones de niños realizan trabajos forzados. Las consecuencias de estas condiciones de empleo para la salud y las desigualdades en salud son previsibles y tendrían que incorporarse estrategias de crecimiento económico que tuvieran en cuenta la sostenibilidad y la equidad en todos mercados de trabajo y en todos los países.
Documento publicado por la OMS
http://whqlibdoc.who.int/publications/2008/9789241563703_eng.pdf Versión completa en inglés.
http://whqlibdoc.who.int/hq/2008/WHO_IER_CSDH_08.1_spa.pdf Versión resumida en castellano.
Lugar. CLUB INFORMACION
Martes, 9 de diciembre de 2008 a las 19:00 horas.
ORGANIZA. Foro para la Defensa de la Sanida Pública de Alicante.
http://www.espacioblog.com/fdsp
COLABORA. CLUB INFORMACION http://www.clubinformacion.com/
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Inmigrantes trabajando en situación de esclavitud
«Sólo podíamos ir al baño una vez al día»
Cinco marroquíes denuncian a un patrón por «esclavitud manifiesta»
LIDIA JIMÉNEZ – Cartaya – 28/11/2008- El País
Mohammed, Khalip y Chahid querían una vida mejor. Por eso, cuando un empresario les ofreció el pasado mayo viajar a España, a la localidad onubense de Cartaya, desde Marruecos, dijeron que sí sin dudarlo. Cobrarían 1.500 euros al mes, el triple de lo que recibían en Tánger. El trabajo era el mismo: taller de corte y confección. Lo que encontraron fueron palizas constantes por parte del patrón (también marroquí), 15 horas sin parar de trabajar y abusos verbales y psicológicos. El salario prometido se quedó en 200 euros por dos meses. Y a dividir entre cinco. Los mismos que presentaron una denuncia a la Guardia Civil. Ahora, el «jefe peligroso», como ellos lo llaman, está imputado por delitos contra la libertad de los trabajadores, de amenazas, lesiones y estafa.
«Sólo podíamos ir al baño una vez en todo el día», aseguraba uno de los tres trabajadores marroquíes que deambulaban ayer por el pueblo. «Si levantaba la cabeza de la máquina, me daba un golpe fuerte». «Entrábamos a la habitación [el supuesto taller] a las ocho de la mañana y salíamos a medianoche». Con la mirada perdida y un español escasísimo, sólo acertaban a decir: «Trabajar y trabajar, pero dinero nada». Prefieren esconderse en un portal por si «el jefe» pasa por la calle. No vive muy lejos.
«Lo que se ha producido aquí es un hecho manifiesto de esclavitud», resume Fernando Osuna, el abogado que les lleva el caso.
«En Tánger teníamos un contrato con la empresa textil Solinge. Hacíamos ropa para exportar a Europa. Teníamos un buen trabajo», explicaba ayer Khalip, de 30 años. «Pero pensamos que aquí era mejor porque cobrábamos el triple», continúa Mohammed. Con las manos en los bolsillos y la cabeza baja, confiesan que tienen hambre. «Hay que esperar el juicio y mientras tanto no podemos trabajar en nada. ¿Cómo pago un café del bar?», se pregunta. Khalip enseña su permiso de residencia. Se lee: Confección Industrial. «¿Ves? Sólo puedo trabajar en eso». Mohammed llevaba 17 años en la empresa de Tánger. «Tengo 35 años, una mujer y tres hijos pequeños. Ellos me preguntan: ‘Papá, ¿cuándo regresas?’. ¿Y qué digo yo, eh? Trabajar, sí, pero dinero no. No soy hombre listo». Khalip asiente a su lado. «No teníamos que haber venido», consigue decir entre francés y árabe.
Situación dramática
Así describió la Guardia Civil la situación de los trabajadores:
– El empresario cobró 7.000 euros a cada uno de ellos por darles trabajo.
– Trabajaban 15 horas en un local de 60 metros cuadrados sin ventilación.
– Podían ir una vez al baño y la segunda vez no les dejaba.
– Iban a cobrar 1.500 euros al mes, pero por dos meses les pagó 200 a repartir entre cinco.
– Les escupía a la cara, les insultaba y les daba patadas.
– Un trabajador con diarrea fue más de una vez al lavabo. Al darse cuenta el empresario, lo sacó del cuarto de baño, sin limpiarse, y lo sentó a trabajar.
LEY DE LA MEMORIA HISTÓRICA: Justicia «on line» y nacionalidad a nietos
Ley de la Memoria Histórica
Justicia abre una vía ‘online’ para obtener la declaración de reparación a los perseguidos en la guerra y el franquismo
El Ministerio de Justicia ha abierto una vía ‘online’ para solicitar la Declaración de reparación y reconocimiento personal de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura, un derecho recogido en el artículo 4 de la Ley de Memoria Histórica aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 26 de diciembre de 2007, informaron fuentes del Departamento que dirige el Ministro Mariano Fernández Bermejo.
A través de un ‘banner’ habilitado en la página web del Ministerio, www.mjusticia.es, dedicado a la Ley de Memoria Histórica, el interesado puede realizar su solicitud de forma telemática acreditando su identidad a través de un certificado digital, como por ejemplo el de Clase 2 CA de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, o el DNI electrónico.
El solicitante deberá aportar una copia impresa del justificante obtenido al realizar la petición, la documentación acreditativa de los hechos, las certificaciones y las resoluciones alegadas. En el caso de que el interesado no sea el mismo afectado, tendrá que adjuntar además la documentación acreditativa del parentesco entre ambos y remitirla, junto con lo anterior, al Registro General del Ministerio de Justicia.
Este procedimiento electrónico, que no excluye la modalidad presencial, garantiza el máximo respeto a la protección de datos de carácter personal.
La Declaración, aprobada como Real Decreto por el Consejo de Ministros el pasado 31 de octubre, «constituye un reconocimiento del derecho individual de reparación moral y de recuperación de la memoria personal y familiar a quienes durante la Guerra Civil y la Dictadura padecieron persecuciones, condenas, sanciones o cualesquiera otras formas de violencia personal por razones políticas, ideológicas o de creencia religiosa, entre otras», dice el Ministerio.
Pueden solicitarla los directamente afectados y, en caso de fallecimiento, los cónyuges o similares, ascendientes, descendientes y colaterales hasta segundo grado, así como las instituciones públicas en las que hubieran desarrollado un cargo relevante. De su tramitación se encargará la División de Tramitación de Derechos de Gracia y otros Derechos, órgano dependiente de la Subsecretaría de Justicia. La resolución, cuyo plazo es de seis meses, corresponderá al propio titular del departamento.
La Declaración no supone, en ningún caso, el reconocimiento de responsabilidad patrimonial del Estado ni de cualquier Administración Pública, ni da lugar a efecto, reparación o indemnización de índole económica o profesional. Sin embargo, será plenamente compatible con cualquier otra fórmula de reparación prevista en el ordenamiento jurídico.
NACIONALIDAD A HIJOS Y NIETOS DE EXILIADOS
Por otra parte, ante la inminente entrada en vigor, el próximo 28 de diciembre, de la disposición adicional séptima de la Ley de Memoria Histórica que reconoce la opción a adquirir la nacionalidad española a los hijos y nietos de emigrantes exiliados durante la Guerra Civil y la Dictadura, los interesados tienen publicada en el BOE y en la web del Ministerio de Justicia, a partir de hoy, la Instrucción elaborada por la Dirección General de Registros y Notariado que fija el procedimiento a seguir.
La solicitud, cuyo modelo puede descargarse a través de la página web del Ministerio, podrán presentarla las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español y aquellas cuyo abuelo o abuela, hubiese perdido o tenido que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio.
En cualquier caso, el plazo para formalizar la petición es de dos años desde la entrada en vigor de la disposición adicional séptima –es decir, antes del 29 de diciembre de 2010–, ampliable durante otro año más mediante acuerdo de Consejo de Ministros.
La solicitud se realizará ante el encargado del registro civil español (municipal o consular) correspondiente al lugar del domicilio del interesado, acompañada de otra serie de documentos, detallados en la Instrucción, que consisten básicamente en certificaciones literales de nacimiento, tanto del solicitante como de uno de sus progenitores españoles y, en el caso de los nietos, del abuelo o abuela españoles.
Dichas certificaciones registrales españolas también podrán pedirse en los registros civiles, municipales o Consulares, para su tramitación por vía electrónica a través de la página web del Ministerio de Justicia a partir del día 5 de diciembre de 2008.
Si al presentarse la solicitud de nacionalidad no se acreditan los requisitos exigidos, el optante estará obligado a completar la documentación en el plazo de treinta días naturales desde que se le requiera. En caso de denegación de la petición, podrá interponerse recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariado y en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
BRIGADISTAS INTERNACIONALES
Asimismo, la web del Ministerio ofrece la posibilidad de descargar el modelo de solicitud para requerir la nacionalidad española para brigadistas internacionales, un derecho que, como novedad, se podrá ejercer sin límite de plazo, frente a los tres años que fijaba la legislación anterior.
Este derecho, recogido en un Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros del 31 de octubre, desarrolla el artículo 18 de la Ley de Memoria Histórica que reconoce de nuevo y de un modo singularizado la labor de los brigadistas y amplía su derecho a la nacionalidad española eliminando el requisito de tener que renunciar a la suya anterior.
La última de las normativas, que también ha publicado hoy el BOE, es la Instrucción sobre el acceso a la consulta de los libros de defunciones de los Registros Civiles, disponible también en www.mjusticia.es
En cumplimiento de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Histórica, con esta Instrucción se pretende despejar las dudas que puedan suscitar en los encargados de los registros civiles las peticiones de información registral para el desarrollo de investigaciones científicas e históricas enmarcadas en el periodo de la guerra civil, el franquismo, el exilio y la transición.
Así, la Instrucción combina la publicidad del Registro Civil y el derecho de acceso a los fondos documentales depositados en los archivos públicos, si bien subraya que existen casos de publicidad restringida que afectan a la intimidad personal y familiar. También exige a los poderes públicos la adopción de medidas necesarias para la protección, la integridad y catalogación de los documentos, especialmente en los casos de mayor deterioro o riesgo de degradación.
Más información en: http://leymemoria.mjusticia.es/paginas/es/declaracion_reparacion.html
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