Archivo

Posts Tagged ‘DERECHOS CIUDADANOS’

LA JUSTICIA DE POBRES Y LA JUSTICIA DE RICOS EN PUBLICIDAD Y VENTAS

jueves, octubre 16, 2008 Deja un comentario

JUSTICIA A

En ALICANTE Las sanciones leves de la venta ambulante variarán desde el apercibimiento hasta los 750 euros o suspensión de la actividad por un mes; las graves oscilarán entre 300 y 1.500 euros o suspensión de la actividad hasta tres meses; y, por último, las muy graves podrán ser desde 600 hasta 3.000 euros y conllevar la suspensión de la actividad hasta seis meses, la revocación de la licencia o la imposibilidad de obtener autorización para instalarse en el término municipal de Alicante. Además, el Consistorio podrá decomisar la mercancía cuya procedencia no esté acreditada.

JUSTICIA B

La Agencia de Protección de Datos ha comunicado a la Plataforma de Iniciativas Ciudadanas (PIC) de Alicante que ha impuesto una sanción a Viviendas Sociales del Mediterráneo, del promotor Enrique Ortiz, por el listado de solicitantes de viviendas en el Plan Rabasa. La multa asciende a 601.01 euros ya que se trata de una infracción leve…

NOTICIAS

El paseo de Gómiz, en imagen de archivo, suele acoger «manteros»
MULTIMEDIA

CLARA R. FORNER E l Ayuntamiento de Alicante va a sustituir la actual ordenanza de venta ambulante por otra normativa que, entre otras novedades, regula la ocupación de la vía pública por los artistas callejeros y eleva las sanciones graves desde 90 hasta 3.000 euros.
La Junta de Gobierno Local del próximo lunes someterá a aprobación el proyecto para la ordenanza reguladora de la venta y realización
Fuentes municipales explicaron ayer que la actual ordenanza reguladora de la venta en vía pública y espacios abiertos había quedado desfasada ya que resultaba muy genérica y no recogía, por ejemplo, el caso de los artistas callejeros, que ahora se regula por separado. Ahora se establecerá qué documentación deben aportar y qué tasas tendrán
También se han actualizado las sanciones, que en la ordenanza vigente van de «0 a 15.000 pesetas», es decir, desde un apercibimiento
Las sanciones leves variarán desde el apercibimiento hasta los 750 euros o suspensión de la actividad por un mes; las graves oscilarán entre 300 y 1.500 euros o suspensión de la actividad hasta tres mese; y, por último, las muy graves podrán ser desde 600 hasta 3.000 euros y conllevar la suspensión de la actividad hasta seis meses, la revocación de la licencia o la imposibilidad de obtener autorización para instalarse en el término municipal de Alicante. Además, el Consistorio podrá decomisar la mercancía cuya procedencia no esté acreditada.
Se considerarán infracciones muy graves, por ejemplo, la venta de alimentos sin autorización sanitaria y que puedan poner en riesgo la salud; la continuidad en las infracciones o la venta de productos falsificados.

Protección de Datos multa a Ortiz por la lista de viviendas de Rabasa

La Plataforma de Iniciativas Ciudadanas ironiza y afirma estar contenta con la sanción de 601 euros para que el promotor no se vea debilitado

El promotor Enrique Ortiz JOSÉ NAVARRO

REDACCIÓN La Agencia de Protección de Datos ha comunicado a la Plataforma de Iniciativas Ciudadanas (PIC) de Alicante que ha impuesto una sanción a Viviendas Sociales del Mediterráneo, del promotor Enrique Ortiz, por el listado de solicitantes de viviendas en el Plan Rabasa. La multa asciende a 601.01 euros ya que se trata de una infracción leve, según informó ayer la citada plataforma.
El colectivo señaló ayer a través de un comunicado que la Agencia de Protección de Datos le ha dado la razón en su denuncia «de utilización sesgada de la voluntad de esas más de 7.000 personas, que acudieron de buena fe en busca de vivienda, encontrándose con una manipulación de sus intenciones y, al fin y a la postre, defraudadas den sus esperanzas».
Según recuerda el colectivo, Enrique Ortiz abrió una oficina -cuando se produjo la aprobación inicial del Plan Rabasa y se adjudicó a Viviendas Sociales del Mediterráneo- para que se inscribieran los interesados en obtener un piso. La plataforma lo denunció al considerar «que aquello constituía una manipulación flagrante de las necesidades básicas de miles de personas, pues se ocultaba que ni la aprobación era definitiva -aún no lo es- ni, desde luego, las viviendas estarían disponibles hasta que pasaran muchos años». La PIC supo de «la recogida de datos personales de los solicitantes de informacion» y sospechó de «la existencia de un fichero automatizado de datos sin el consentimiento de los interesados», de ahí que lo denunciara.
La PIC expresa su contento por el hecho de que la multa sea «tan baja» pues afirma que, «en época de crisis no quisiera contribuir a debilitar la confianza en un arraigado promotor urbanístico, siempre caracterizado por la austeridad y la moderación ni, mucho menos, a la CAM que, es interesante recordar, aporta el crédito para el Plan Rabasa».

Cómo se hizo el Indice de Transparencia de los Ayuntamientos

jueves, agosto 28, 2008 Deja un comentario

El Índice de Transparencia de los Ayuntamientos (ITA), elaborado por Transparencia Internacional España, nos ofrece una oporturnidad de conocer su trabajo y nos permite fácilmente evaluar nosotros a nuestros Ayuntamientos y/o pedir que apliquen nuevas formas y protocolos.
Vea información sobre cómo se hizo este Índice en: HTTP://WWW.TRANSPARENCIA.ORG.ES

Foto:Huguette Labelle la Presidenta mundial de Transparency International, de nacionalidad canadiense y cuatro miembros que integran el Comité de Dirección de TI-España:

Antonio Garrigues, Jesús Sánchez Lambás, Manuel Villoria y Jesús Lizcano .

INDICADORES DE TRANSPARENCIA DE LOS AYUNTAMIENTOS
(TOTAL INDICADORES: 80)
A) INFORMACIÓN SOBRE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL (16)
1.- Información institucional básica (10)
INFORMACIÓN SOBRE LOS CARGOS ELECTOS DEL AYUNTAMIENTO:
1. Se difunde información sobre la composición política de los cargos electos del Ayuntamiento
2. Se especifican datos biográficos del Alcalde y/o concejales del Ayuntamiento
3. Se especifican las direcciones electrónicas del Alcalde y/o concejales del Ayuntamiento
4. Se especifica la información acerca de los sueldos o retribuciones del alcalde y de los concejales
2.- INFORMACIÓN SOBRE NORMAS Y REGLAMENTACIONES MUNICPALES(6)
Se divulga información de los Órganos de Gobierno Municipales:
11. · Ordenes del día previas de los Plenos Municipales
12. · Actas de los Plenos Municipales
13. · Acuerdos de los Plenos Municipales
14. · Acuerdos de las Juntas de Gobierno
15. Se publican las Ordenanzas y reglamentos municipales
16. Se publican las Ordenanzas fiscales

B) RELACIONES CON LOS CIUDADANOS Y LA SOCIEDAD (20)
1.- Características de la página web del ayuntamiento (3)
17. Se puede ver el Mapa de la propia Web del Ayuntamiento
18. Existe un Buscador interno dentro de la página Web del Ayuntamiento
19. Se mantiene actualizada la información contenida en la pagina Web (con una frecuencia mínima semanal)
2.- Información y atención al ciudadano (11)
20. Se facilitan en la Web documentos e impresos para las tramitaciones administrativas
21. Se pueden realizar tramitaciones administrativas on line
22. Tiene un Buzón ciudadano o una sección visible en la página Web para la atención, las quejas y/o las sugerencias de los ciudadanos
23. Se publica la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento
24. Se publican los horarios y precios de los establecimientos culturales y deportivos municipales abiertos al público.
25. Se publican datos de los servicios prestados en la atención ciudadana y sobre las quejas planteadas y resueltas.
26. Pueden los interesados seguir on line el estado de tramitación y las incidencias del procedimiento administrativo que han planteado
27. Se informa en la Web sobre situación y cortes en el tráfico, y/o incidencias en los servicios municipales
28. Se recoge en la Web información actualizada sobre la situación medioambiental (contaminación del aire y acústica) en las distintas zonas o distritos del municipio.
29. Se contempla en la Web un espacio reservado para las diferentes Asociaciones de vecinos del municipio
30. Existen foros de discusión en la Web municipal
3.- Grado de compromiso para con la ciudadanía (6)
31. Existe y se publica un Reglamento de Participación ciudadana
32. Existen y se informa sobre los Consejos municipales de participación ciudadana
33. Se informa sobre la composición y el funcionamiento de las Juntas municipales de Distrito
34. Existen canales de participación ciudadana en los temas estratégicos (Foros ciudad, Consejos sociales de Urbanismo, Mesas ciudadanas para planes estratégicos o de ciudad,…)
35. Se posibilitan las sugerencias y la participación ciudadana en la elaboración de los Presupuestos municipales
36. Se publican las ayudas y/o subvenciones concedidas a ONGs (asociaciones de vecinos, instituciones culturales, sociales, etc.)

C) TRANSPARENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA (20)
1.- Información contable y presupuestaria (11)
37. Se publican las Cuentas Anuales del Ayuntamiento (Balance, Cuenta Resultado económico-patrimonial, Estado de liquidación
del Presupuesto, y Memoria)
38. Se publica la fecha de aprobación de las Cuentas Anuales por el Pleno de la Corporación
39. Se publican los Presupuestos del Ayuntamiento

40. Se publica la fecha de aprobación de los Presupuestos por el Pleno

41. Se publican las Modificaciones presupuestarias aprobadas por el Pleno
42. Se publican los Presupuestos de los organismos descentralizados y las sociedades municipales
43. Se publica información periódica sobre la ejecución del Presupuesto (mínimo semestral)
1.- Se publican los Informes de Auditoría o los de los Órganos de control externo (Tribunales de Cuentas)
44. · Del Ayuntamiento
45. · De las Sociedades y otros organismos municipales
Se publican los siguientes indicadores financieros y presupuestarios:
46. · Superávit (o déficit) por habitante (Resultado presupuestario ajustado / Nº habitantes)
47. · Autonomía fiscal (Derechos reconocidos netos de ingresos tributarios / Derechos reconocidos netos totales)
2.- Transparencia en los ingresos y gastos municipales (5)
Se difunden los siguientes indicadores, relacionados con los ingresos y gastos de la Corporación:
48. Ingresos fiscales por habitante (Ingresos tributarios/Nº habitantes))
49. Gasto por habitante (Obligaciones reconocidas netas / Nº habitantes))
50. Inversión por habitante (Obligaciones reconocidas netas (Cap. VI y VII) / Nº habitantes))
51. Periodo medio de pago (Obligaciones pendientes de pago x 365 / Obligaciones reconocidas netas))
52. Periodo medio de cobro (Derechos pendientes de cobro (Cap. I a III) x 365 / Derechos reconocidos netos))
3.- Transparencia en las deudas municipales (4)
53. Se publica el importe de la deuda pública municipal
54. Se facilitan datos acerca de la evolución de la deuda en comparación con ejercicios anteriores
Se divulgan los siguientes indicadores:
55. Endeudamiento por habitante (Pasivo exigible (financiero) / Nº habitantes) )
56. Endeudamiento relativo (Deuda Municipal/Presupuesto total Ayuntamiento)
D) TRANSPARENCIA EN LAS CONTRATACIONES DE SERVICIOS (6)
1.- Procedimiento de contratación de servicios (4)
57. Se informa sobre la composición y convocatorias de las Mesas de contratación
58. Existe y se informa sobre una Comisión específica de Vigilancia de la contratación
59. Se da a conocer en la Web la convocatoria o apertura de concursos por licitaciones
60. Se publica, en la resolución de las licitaciones, tanto las entidades que han resultado ganadoras (adjudicatarias) como aquellas que no lo han sido
2.- Relaciones y operaciones con proveedores y contratistas (2)
61. Se publica la cuantía de las ventas/operaciones con cada uno de los proveedores más importantes del Ayuntamiento
62. Se publica la cuantía de ventas/operaciones con cada uno de los adjudicatarios y contratistas de obras más importantes del Ayto.

E) TRANSPARENCIA EN MATERIAS DE URBANISMO Y OBRAS PÚBLICAS (18)
1.- Planes de ordenación urbana y convenios urbanísticos (4)
63. Tiene una sección visible en la Web dedicada al Urbanismo
64. Está publicado en la Web el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU)
65. Se publican en la Web los mapas y planos que detallan el PGOU
66. Se publican en la Web (y se mantienen publicadas) las modificaciones aprobadas del PGOU
2.- Decisiones sobre recalificaciones y adjudicaciones urbanísticas (2)
67. Se publica información precisa de los Convenios urbanísticos del Ayuntamiento
68. Se publica información precisa de los Planes parciales sobre los usos y destinos del suelo
3.- Anuncios y licitaciones de obras públicas (4)
69. Se publica información precisa de la normativa vigente en materia de gestión urbanística del Ayuntamiento
70. Se publican los proyectos, los pliegos y los criterios de licitación de las obras públicas más importantes
71. Se publican las liquidaciones (provisionales) a la finalización de las obras más importantes
72. Se publican las modificaciones de los proyectos de las obras más importantes

4.- Información sobre concurrentes, ofertas y resoluciones (2)
73. Se publica el listado de empresas que han concurrido a la licitación de las obras públicas.
74. Se publica el nombre de las empresas que han realizado las obras de urbanización más importantes
5.- Seguimiento y control de la ejecución de obras (3)
75. Se aporta información precisa sobre cada una de las obras más importantes de infraestructura que está en curso (Objetivos de la obra y responsable municipal; contratista/s responsable/s; importe presupuestado; período de ejecución)
76. Se publica la fecha concreta prevista para la finalización de las obras municipales más importantes (más de 500.000 euros), o bien la fecha concreta de inicio y el plazo de ejecución de dichas obras
77. Se difunde periódicamente (al menos semestral) información sobre las obras de infraestructura realizadas, y/o las aprobadas pendientes de ejecución (informes, comunicados, notas de prensa, etc.)
6.- Indicadores sobre urbanismo y obras públicas (3)
Se divulgan los siguientes indicadores:
78. · Inversión en infraestructuras por habitante (Gastos del ejercicio (ejecutados) en inversión en infraestructuras / Nº habitantes)

79. · Porcentaje de ingresos derivados del urbanismo / Presupuesto total de ingresos

80. · Porcentaje de gastos derivados del urbanismo / Presupuesto total de gastos

¿ES TRANSPARENTE TU AYUNTAMIENTO?… LA DEUDA PÚBLICA ES TÚ DEUDA.

Metodología que se ha empleado

Participación ciudadana en pleno agosto

jueves, agosto 21, 2008 Deja un comentario

El PSOE acusa a Alperi de despreciar la participación

La portavoz adjunta del grupo municipal socialista, Carmen Sánchez Brufal, acusó ayer al equipo de Gobierno del PP de «desprecio a la participación ciudadana» y criticó que se «convoquen en pleno mes de agosto los presupuestos participativos, lo que supone una tomadura de pelo»».
Sánchez Brufal destacó que «no se han convocado las asambleas preceptivas, no se han constituido grupos de trabajo, no se ha creado el Consejo Social y se convocan en pleno mes de agosto los presupuestos participativos». En este sentido, indicó que «tras ocho meses, el Ayuntamiento se decide ahora, en pleno mes de agosto, a cumplir la obligación instar a los vecinos a hacer propuestas de proyectos a los que destinar parte del presupuesto de Participación Ciudadana». A su modo de ver, «sin duda, elegir este mes para por fin dar voz a los vecinos, cuando muchos están disfrutando de un merecido descanso, supone una tomadura de pelo».
Brufal recalcó que la partida del presupuesto de 913.582 euros, para inversiones en los distritos es obligatorio que se debata en la Juntas de Distrito, «pero el PP no las ha convocado», añadió.

Apoyo unánime a la Síndic de Greuges.6 evaluadares de la Ley de la Dependencia para toda provincia de Alicante.

sábado, abril 26, 2008 Deja un comentario

Todos las asociaciones de discapacitados- dependientes defienden la labor y apoyan la gestión realizada por la Sindic de Greuges, Emilia Caballero, en defensa de la Ley de Dependencia.

La Primera reunión de la Plataforma de Alicante en defensa de la Ley de Dependencia arrojado cifras escalofriantes. Solo se cuenta con 6 evaluadores que visitan en casa a los dependientes de toda la provincia de Alicante, a los cuales se les termina el contrato en septiembre- al igual que a algunos de los trabajadores sociales implicados en ello, que rescinden contrato en junio .

Software y tecnología «punta»en la Ley de Dependencia

Sus herramientas son anotar en folio blanco y con bolígrafo los datos oportunos, y pasar el folio al Centro de Reconocimento de Minusvalías y Dependencias de Alicante dónde la coordinadora anota en un ordenador, no dispone de un Software para enviarlos a Valencia ,- no hay red de conexión-, por lo que debe personarse en Valencia dos días a la semana portando el disquette.

Crear una presencia visible en la sociedad y hacer actos reivindicativos reclamando el apoyo de todos los sectores sociales, a fin de reunir fuerzas fue uno de los objetivos prioritarios de esta plataforma. Asi mismo unánimente la asamblea dio su reconocimiento y su apoyo al trabajo que está realizando la Sindica de Greuges, Emilia Caballero, en defensa de los discapacitados y la puesta en marcha de la Ley de Dependencia

Noticias relacionadas:

El Constitucional admite el recurso del Defensor del Pueblo contra el Consell por la Ley de Dependencia

Carlos Alós, Valencia
La Generalitat Valenciana ya tiene abierto un nuevo conflicto jurídico por la aplicación de la ley estatal de la Dependencia. El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad que promovió el Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, contra la aplicación que el Consell que preside Francisco Camps realiza de una norma que pretendía crear un derecho universal de ayuda a personas con un alto grado de dependencia.
En concreto, la providencia del pleno del Tribunal Constitucional, que tiene fecha del pasado 17 de abril, se refiere a la disposición adicional de la Ley de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para el año 2008 que regula el silencio administrativo y que da por denegada una ayuda si la Administración no responde a una petición en el plazo que marca la ley…..
….

LA LEY DEL SÍNDIC, DEFENSOR DE LOS VALENCIANOS

miércoles, abril 9, 2008 Deja un comentario

El PP propone que los síndicos adjuntos se turnen para dirigir la institución
El PP en Les Corts presentará una iniciativa para reformar el reglamento que desarrolla la Ley de creación de la Sindicatura de Greuges, con el fin de que el mandato de los dos síndicos adjuntos sea rotatorio durante el periodo de interinidad que se produce entre el cese del Síndic y el nombramiento de su sucesor….

El síndic socialista en las Corts Valencianes, Angel Luna, manifestó hoy en relación con la propuesta del PP de reformar la ley de la Sindicatura de Greuges que no le parece «mal» abordarla si es para mejorarla, pero advirtió de que «si lo que se pretende con esta propuesta es escapar a la obligación que tienen de dar información a los diputados de la oposición, desde luego, se equivocan»……
Marcos señaló en los pasillos de las Corts que «no es de recibo que un Gobierno no acepte tener una institución independiente que en algún momento pueda poner en solfa el hecho de que no está cumpliendo en cuanto a los derechos de los ciudadanos», tarea que tiene encomendada la Sindicatura de Greuges.

A su juicio, como al PP no le parece «bien» la actuación de la actual síndica, Emilia Caballero, «están dispuestos a cualquier cosa y advirtió de que «la normativa debe tener validez universal, y no puede ser cambiada según el interés político del partido que gobierna»….

DÍA MUNDIAL DE LA SALUD 2008, 7 DE ABRIL

viernes, abril 4, 2008 Deja un comentario

Día Mundial de la Salud 2008: proteger la salud frente al cambio climático

Desplazados del Darfur sudanés recogen agua en el campo de Gassire, en el Chad oriental.

OMS/Benoist Matsha-Carpentier
Desplazados del Darfur sudanés recogen agua en el campo de Gassire, en el Chad oriental. La escasez de agua y la reducción de la producción de alimentos a causa de la disminución de las precipitaciones ocasionada por el cambio climático aumenta el riesgo de desplazamientos y conflictos, como ocurre en el Darfur.

El Día Mundial de la Salud, el 7 de abril, señala la fundación de la Organización Mundial de la Salud y constituye una oportunidad anual para llamar la atención del mundo hacia un tema de la mayor importancia para la salud mundial. En 2008 el Día Mundial de la Salud se centrará en la necesidad de proteger la salud de los efectos negativos del cambio climático.

El tema «proteger la salud frente al cambio climático» trata de centrar los debates mundiales sobre el cambio climático en la salud. Al seleccionar este tema, la OMS reconoce que el cambio climático supone una amenaza creciente para la seguridad sanitaria mundial.

Gracias a una mayor colaboración, la comunidad mundial estará mejor preparada para hacer frente a los problemas sanitarios relacionados con el clima que se presenten en todo el mundo. Como ejemplo de esas medidas conjuntas se pueden citar el reforzamiento de la vigilancia y el control de las enfermedades infecciosas, el uso más seguro de suministros de agua cada vez más escasos, y la coordinación de la acción sanitaria en las emergencias.

:: Más información sobre el tema de este año
:: Objetivos del Día Mundial de la Salud 2008
:: Metas del día Mundial de la Salud

Discriminación de las personas discapacitadas

martes, abril 1, 2008 Deja un comentario

Discriminación de las personas discapacitadas

De Vicente Vercher

A partir de hoy, cualquier vulneración de las normas de accesibilidad o igualdad de oportunidades podrá acarrear multas de hasta un millón de euros

“Cualquier discriminación que afecte o tenga como víctima a una persona con discapacidad puede y debe ser denunciada”. Así de rotundo se muestra el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) en un informe elaborado por el departamento de Asesoría Jurídica. La consigna trata de defender los derechos de los 3,5 millones de personas con alguna discapacidad física, sensorial o psíquica que viven en España. A partir de hoy, tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la sociedad cuenta con un nuevo instrumento para alcanzar la igualdad real y efectiva: la Ley 49/2007, de 26 de diciembre, que establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

  • Autor: Por AZUCENA GARCÍA
  • Fecha de publicación: 27 de marzo de 2008

Contenido de la norma

El actual ordenamiento legal cuenta con varias normas para garantizar la igualdad de las personas discapacitadas. La Ley de Integración Social de Minusválidos (LISMI) y la Ley de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad (LIONDAU) son las más destacadas. Sin embargo, a partir de hoy se une a ellas un nuevo instrumento: la Ley que establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Su entrada en vigor es acogida con tanta esperanza como cautela, tras varias denuncias de incumplimiento de la normativa existente. “Es un avance que haya una ley de sanciones, pero pedimos que se cumpla y, sobre todo, que se aplique”, subraya el presidente de la Federación de Asociaciones de Personas con discapacidad física y orgánica de la Comunidad de Madrid (FAMMA), Javier Font.


(Imagen: Daniel Lobo)

El objetivo de la nueva norma es, como su nombre indica, establecer un régimen sancionador “eficaz” ante las infracciones que vulneren la Ley de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Se considera que estos principios se incumplen cuando se producen acosos, vulneración de las exigencias de accesibilidad, falta de respeto a las medidas de acción positiva y discriminaciones directas o indirectas, esto es: cuando en una situación análoga o comparable una persona con discapacidad es tratada de manera menos favorable que otra que no lo es o cuando una disposición legal, una decisión unilateral o un criterio colocan en desventaja a una persona discapacitada.

Las personas discapacitadas buscan terminar con cualquier resquicio de hostilidad o entorno “intimidatorio, degradante, humillante u ofensivo”

La elaboración de la norma contó con la participación del Cermi estatal como transmisor de las peticiones de las personas discapacitadas, interesadas en terminar con cualquier resquicio de hostilidad o entorno “intimidatorio, degradante, humillante u ofensivo”, según recuerda el Cermi. De acuerdo a este principio, la Ley reconoce la posibilidad de denunciar la actitud tanto de personas físicas como jurídicas. Incluso, si los responsables de la infracción son varios y resulta difícil determinar el grado de participación de cada uno de ellos, la normativa ve posible imputar a todos una responsabilidad solidaria.

Régimen de infracciones y sanciones

Las sanciones muy graves podrán ascender a un millón de euros o acarrear la suspensión total de ayudas oficiales

El texto de la Ley establece que las infracciones pueden hacer referencia a los ámbitos de las telecomunicaciones y sociedad de la información, espacios públicos urbanizados, infraestructuras y edificación, transportes; bienes y servicios a disposición del público, y relaciones con las administraciones públicas. Quedan excluidas las consultas en el ámbito del empleo y la ocupación. En cuanto a los denunciantes, reconoce que pueden ser personas con discapacidad, sus familias y representantes legales, así como las organizaciones representativas y asociaciones en las que se integran. Por último, según la importancia de la infracción, ésta se considerará leve, grave y muy grave.

  • Las infracciones leves serán aquéllas que incumplan los principios de la LIONDAU y supondrán multas desde un mínimo de 301 euros hasta un máximo de 30.000 euros.
  • Se considerarán infracciones graves los actos discriminatorios, el incumplimiento de un requerimiento administrativo o de las exigencias de accesibilidad y cualquier forma de presión que se ejerza sobre aquella persona -con discapacidad, física o jurídica- que haya entablado o pretenda entablar una acción legal. Estas infracciones se penalizarán con sanciones de hasta 90.000 euros.
  • Las infracciones serán muy graves cuando se dé una conducta de acoso, el incumplimiento reiterado de los requerimientos administrativos específicos y cualquier forma de presión sobre las autoridades que pretendan ejecutar las medidas previstas en la LIONDAU. Las sanciones podrán ascender a un millón de euros y, en algunos casos, acarrearán también la supresión, cancelación o suspensión total o parcial de las ayudas oficiales relacionadas con el ámbito en el que se produce la infracción.

No obstante, la Ley prevé unos plazos de prescripción de las infracciones. En concreto, las leves prescribirán al año, las graves a los tres años y las muy graves a los cuatro años. Por su parte, las sanciones impuestas por faltas leves prescribirán al año, las impuestas por faltas graves a los cuatro años y las impuestas por faltas muy graves a los cinco años. “De cualquier modo, el abono de las multas impuestas no exime del cumplimiento del resto de las obligaciones que impone la Ley de Igualdad de oportunidades y accesibilidad universal”, recuerda la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE).

Dónde presentar las denuncias

Si bien la nueva norma de infracciones y sanciones entra en vigor a partir de este momento, las personas con discapacidad cuentan desde 2005 con la Oficina Permanente Especializada (OPE). Constituida como un órgano de carácter consultivo, permanente y especializado dentro del Consejo Nacional de la Discapacidad, la OPE realiza funciones de asesoramiento, análisis y estudio de denuncias y consultas presentadas por personas discapacitadas. Este organismo aconseja sobre la vía de actuación más adecuada, remite a la Comisión Permanente del Consejo Nacional de la Discapacidad un informe sobre los hechos y propone al Pleno del Consejo una serie de recomendaciones para prevenir o lograr que cese la acción considerada discriminatoria.

Este órgano aconseja sobre la vía de actuación más adecuada para realizar una consulta o presentar una denuncia

La OPE no es, por lo tanto, un órgano resolutivo. Se limita a prestar asesoramiento y apoyo legal, sin tratar de sustituir la labor profesional de los abogados. Su creación se basa en la necesidad de atender a las personas que son objeto de discriminación o consideran vulnerado su derecho a la igualdad de oportunidades por tener reconocida una discapacidad. En este sentido, las personas físicas que solicitan ayuda deben acreditar un grado de minusvalía igual o superior al 33% o bien percibir una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o de gran invalidez, así como una pensión de clases pasivas de jubilación o retiro por inutilidad para el servicio.

Una vez estudiada la consulta, la OPE decide si puede ser admitida a trámite o no, es decir, “si los hechos denunciados pueden ser investigados o no”. Si se admite a trámite, informa a la persona denunciante sobre todos los pasos que conforman el procedimiento y le permite conocer, en cualquier momento, el estado de tramitación de su expediente. Las formas de contactar con la OPE son mediante:

  • Correo ordinario o presencia física, en la oficina central (Paseo de la Castellana 67, Madrid)
  • Correo electrónico ope@mtas.es

Las llamadas telefónicas se atienden en horario de 9:00 a 14:00 horas, mientras que la información presencial requiere cita previa. Además, la OPE cuenta con un plazo de un mes para dar respuesta a las consultas planteadas y un periodo de dos meses para concluir el expediente informativo.

“Estamos preparando las ciudades para futuros discapacitados”, afirman desde FAMMA

Otros lugares a los que se puede acudir son las Inspecciones provinciales de Trabajo y Seguridad Social, los Juzgados de guardia y la Oficina de Denuncias de Accesibilidad y Ayudas Técnicas (ODAT), inaugurada por FAMMA en 2001. Hasta ella llegan cada año medio millar de consultas relacionadas con cuestiones de accesibilidad en edificios y responsabilidad de las comunidades de propietarios. Su creación se debió a la gran demanda de personas que, según Font, “no sabían adónde dirigirse para reclamar”. La función de la ODAT es asesorar y prestar ayuda. “Reivindicamos la accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas para nuestra integración, pero, en realidad, estamos preparando las ciudades para futuros discapacitados, personas que por edad u otra circunstancia padecerán algún tipo de discapacidad a lo largo de su vida”, agrega Font.

Adaptación de la OPE

En cumplimiento de la normativa vigente de accesibilidad, las dependencias de la Oficina Permanente Especializada cumplen todos los requisitos para ser accesibles. Existe un sistema de comunicación multidisciplinar que abarca desde la información telefónica, incluidos un dispositivo telefónico para sordos (DTS) y fax, hasta la información presencial, con un sistema de apoyo a la comunicación oral a través de bucle de inducción, labiolectura y lengua de signos básica.

Sus dependencias disponen de un sistema de comunicación multidisciplinar, plazas de aparcamiento reservadas y un interior totalmente accesible

Además, se ha comprobado la accesibilidad de los transportes públicos que llegan hasta la OPE, existen plazas reservadas a quienes tienen tarjeta de aparcamiento para minusválidos y el interior del edificio es accesible a todas las personas con discapacidad en un grado alto: se han instalado rampas alternativas a las escaleras, los baños y aseos son adaptados, los ascensores están previstos para personas usuarias de sillas de ruedas, las botoneras están a una distancia mínima, los pulsadores están en bajorrelieve y en braille, y el interior del despacho al que acceden las personas con discapacidad tiene espacio suficiente de maniobrabilidad.

Publicado en CONSUMER Eroski.

Ayudas a las familias monoparentales

viernes, marzo 28, 2008 14 comentarios

Información Vicente Vercher Garrigós

Las familias monoparentales gozarán desde 2008 de las mismas ventajas que las numerosas al solicitar becas y subvenciones, u obtener bonificaciones para el transporte

Las familias que tengan dos o más hijos a su cargo tendrán las mismas ventajas fiscales que las familias numerosas -las formadas por tres o más hijos- a partir de 2008. Además, obtendrán las mismas ventajas que éstas a la hora de solicitar becas, ayudas o subvenciones para la enseñanza y bonificaciones en los transportes. Asimismo, desde el próximo ejercicio se podrán beneficiar de las acciones protectoras que se desarrollen en materia de vivienda y en el ámbito educativo, a través de exenciones y bonificaciones en los precios de los colegios públicos, y se les aplicará, como mínimo, una reducción del 50% en el precio de entrada a los museos de titularidad estatal.

  • Autor: Rosa M. López Maroto |
  • Fecha de publicación: 12 de diciembre de 2007

M Nota

Las familias compuestas por viudos, personas separadas, divorciadas o solteras que tengan dos o más hijos a su cargo se equiparan a partir de ahora (el próximo mes de enero) a las familias numerosas, ya que gozarán de los mismos beneficios que éstas en materia de transporte, vivienda, colegios o museos. De este modo, cualquier miembro de una familia monoparental tendrá derecho a reducciones en los servicios regulares de transporte de viajeros por carretera, ferroviarios y marítimo -que oscilan entre el 20% y 50%-, y a bonificaciones, entre el 5% y el 10%, sobre las tarifas por servicios regulares nacionales de transporte aéreo.

En materia de vivienda podrán acogerse a la mejora de las condiciones para acceder a las ayudas financieras para la adquisición de una casa, y a las facilidades que se conceden para el cambio a una vivienda protegida o usada de mayor superficie, cuando se produzca la ampliación del número de miembros de la estructura familiar. Las comunidades autónomas tienen previsto seguir esta misma política y aplicar a la familias monoparentales con dos o más hijos la mismas ventajas que a las numerosas. ¿En qué medidas se concretan estas ayudas autonómicas?

Carné oficial

En Cataluña se creará un carné oficial por el que se acreditará, entre otros, a las madres solteras. Para obtenerlo, los interesados tendrán que cumplir una serie de requisitos como presentar el NIF vigente del solicitante, el libro de familia completo, el certificado de defunción en caso de viudedad, la resolución judicial de separación, nulidad o sobre custodia de los hijos en parejas no casadas. Se contemplan situaciones especiales en las que no se podrá acceder a estas ayudas como en el caso que el solicitante reciba una pensión del ex cónyuge.

En Cataluña las familias monoparentales con hijos menores de seis años reciben 700 euros anuales de subvención

Esta medida amplía las prestaciones que hasta ahora recibían las familias monoparentales en Cataluña, en donde se reconocen, sin embargo, algunos derechos específicos a estos núcleos de convivencia. Las familias de este segmento social que tengan hijos menores de seis años reciben una ayuda económica anual de 700 euros, la misma que reciben las familias numerosas. Sin embargo, hasta ahora, no se contemplaba la equiparación en la matriculación de los hijos en los centros escolares, las becas de comedor, o los descuentos en el recibo del agua, por citar solamente algunos ejemplos.

Subvenciones

La gran mayoría de comunidades autónomas españolas dispone de una amplia serie de prestaciones complementarias destinadas a los núcleos monoparentales, que van desde programas de emergencia social para las familias más desfavorecidas económicamente, a una extensa batería de ayudas y subvenciones para alguno o varios de sus miembros. Guarderías en las que tienen prioridad los hijos de mujeres con cargas familiares o subvenciones de estancias de vacaciones para mujeres con hijos de forma exclusiva son algunos ejemplos de las medidas que contempla la administración autonómica para este segmento social.

La Comunidad andaluza, dentro de las ayudas económicas dirigidas a este núcleo, dispone de programas de ayuda de emergencia social e inserción social, recursos complementarios para cubrir las necesidades de subsistencia, y prestaciones económicas para los gastos de comedor infantil. Las familias monoparentales de Aragón reciben las ayudas generales del Estado, aunque también hay algunas específicamente destinadas a la educación de los hijos. En Asturias, el apoyo se circunscribe al ámbito municipal, como el programa de intervención para mujeres con hijos a su cargo en el municipio de Avilés, y las ayudas económicas para mujeres con cargas familiares que funciona a través del ayuntamiento de Gijón. En Castilla y León, además de las ayudas generales del Estado, cuentan con una red que comprende servicios sociales básicos de ayuda a domicilio y de orientación para el acceso al empleo.

Las ayudas autonómicas van desde programas de emergencia social para las familias más desfavorecidas a subvenciones para sus miembros

En Baleares y Canarias, además de gestionar estas ayudas generales, ofrecen servicios específicos para las familias monoparentales con menos recursos económicos. Cantabria también contempla apoyo económico a estas familias en diversos ámbitos: guarderías -en las que tienen prioridad de acceso los niños de mujeres con cargas familiares-, y subvenciones para estancias de vacaciones para mujeres solteras, viudas o separadas con hijos.

La Comunidad de Madrid incide en las ayudas extraordinarias dirigidas a personas físicas o unidades familiares que carezcan de medios económicos suficientes con que atender las necesidades básicas. Por su parte, en el País Vasco la Diputación de Vizcaya ofrece ayudas generales a través de los ayuntamientos, mientras que en La Rioja no se contempla ningún programa específico para esta clase de familias, sino que gestionan las ayudas generales a través de los ayuntamientos. La Comunidad Valenciana, Castilla La Mancha, Galicia, Extremadura, y Murcia incluyen diversas prestaciones y subvenciones básicas destinadas a este tipo de núcleos familiares.

Acreditación como familia monoparental

La condición de familia monoparental se acreditará mediante el título que establezca y expida la comunidad autónoma donde tenga fijada su residencia la persona solicitante. Las familias que tengan otras nacionalidades y pertenezcan a Estados Miembros de la Unión Europea deberán acudir a la comunidad autónoma en la que el solicitante ejerza su actividad por cuenta ajena o por cuenta propia.

En el caso de los españoles que trabajen en instituciones nacionales fuera del territorio nacional, el título oficial será expedido por las autoridades competentes de la comunidad autónoma en la que se encuentren inscritos los solicitantes a efectos de su participación electoral.

Al igual que ocurre con otros títulos como el de familia numerosa, la acreditación de familia monoparental deberá renovarse o dejarse sin efecto cuando varíe el número de miembros de la unidad familiar o las condiciones que dieron motivo a la expedición o posterior renovación del título, y ello suponga un cambio de categoría o la pérdida de la condición de este tipo de familia, así como cuando alguno de los hijos deje de reunir las condiciones para figurar como miembro de esta unidad familiar.

//

El Defensor Pueblo recurre la gestión de la Ley de Dependencia de Valencia

viernes, marzo 28, 2008 Deja un comentario

mugica.jpg

El Defensor Pueblo recurre la gestión de la Ley de Dependencia de Valencia

Según ha informado el Defensor, el recurso se basa en que la Disposición incluida en los Presupuestos para regular esos procedimientos no cumple con las condiciones establecidas por el Tribunal Constitucional para delimitar el ámbito dentro del que se debe incluir una materia concreta en una Ley de Presupuestos.

Para que la regulación de una materia ajena a la propia Ley de Presupuestos sea válida es necesario -mantiene el Defensor del Pueblo- que esa materia tenga relación directa con los gastos y los ingresos que integran el presupuesto, o bien con los criterios de política económica.

Sin embargo el Defensor considera que la norma recurrida no tiene ninguna relación con los gastos y los ingresos del Presupuesto, «dada su absoluta falta de repercusión económica».

Esta institución mantiene además que la inclusión «injustificada» en una Ley de Presupuestos de materias ajenas es contraria a la Constitución, porque afecta nuevamente al principio de seguridad jurídica por la incertidumbre que puede generar a los ciudadanos.

El Defensor del Pueblo, en una nota de prensa, afirma que no puede permanecer impasible ante la entrada en vigor de esta disposición mediante un procedimiento «impropio», y ha observado además que afecta a un colectivo de ciudadanos necesitados de especial protección.

El Defensor del Pueblo ha recurrido también ante el Tribunal Constitucional los Presupuestos Generales del Estado para 2008, por la inclusión de una disposición adicional que modifica los requisitos de acceso al Tribunal de Cuentas, en concreto al cuerpo superior de auditores.

La institución mantiene que esta es una materia ajena al derecho funcionarial y, por tanto, ajena al contenido de las leyes de presupuestos.

AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL INSTITUTO ESPAÑOL DE COOPERACIÓN

sábado, marzo 15, 2008 Deja un comentario

DADA LAS SOLICITUDES DE INFORMACIÓN RECIBIDAS SOBRE AYUDAS Y SUBVENCIONES, VEAN LAS DE ICO, (INSTITUTO ESPAÑOL DE COOPERACIÓN)

Más Información ICO

NOMBRE OBJETIVO VIGENCIA
Línea ICO-PYME
(+ info)
Financiar en condiciones preferentes las inversiones en activos fijos productivos realizadas por PYME VIGENTE
Línea ICO-Emprendedores
(+info)
Apoyar con créditos preferentes la creación de nuevas empresas o de nuevas actividades profesionales VIGENTE
Línea ICO-Crecimiento Empresarial
(+info)
Conceder financiación a las inversiones cuyo importe exceda el establecido para la Línea ICO-PYME VIGENTE
Línea ICO-Internacionalización
(+info)
Apoyar las inversiones que realicen las empresas españolas en el exterior VIGENTE
Préstamo Plan Avanza
(+info)
Potenciar y dinamizar las inversiones en tecnología de la información y de las comunicaciones VIGENTE
Préstamo Renta Universidad
(+ info)
Conseguir que los graduados universitarios puedan ampliar su formación sin verse limitados por su situación económica VIGENTE
Línea permiso de conducir por 1 euro al día (+info) Financiar el permiso de conducir, a jovenes con edades comprendidas entre 17 y 25 años VIGENTE
Cinematografía
(+ info)
Promover la producción cinematográfica española y potenciar la modernización de las salas de exhibición VIGENTE EN MARZO
Línea ICO- Mejora de la competitividad sector manufacturero: textil, confección, calzado, muebles, juguetes, curtidos, marroquineria y madera
Apoyar a las empresas de estos sectores para introducir la innovación en sus procesos de fabricación VIGENTE EN MARZO
Línea ICO-Microcréditos para España
(+info)
Favorecer la puesta en marcha de pequeños negocios por personas con dificultades de acceso a los canales habituales de financiación VIGENTE
Línea ICO-ICEX «APRENDIENDO A
EXPORTAR»
(+ info)
Facilitar el apoyo financiero para la iniciación de la exportación de las empresas españolas VIGENTE
Línea ICO-Transporte
(+ info)
Potenciar las inversiones destinadas a mejorar la actividad del transporte público por carretera PLAZO
FINALIZADO
Línea ICO-Equipamiento de parcelas
(+ info)
Impulsar las inversiones que realicen las Comunidades de Regantes para el equipamiento de parcelas VIGENTE EN MARZO
Líneas regionales
(+ info)
Financiar las inversiones en activos nuevos de las empresas instaladas en las regiones con las que se han suscrito convenios, con el fin de constribuir a su desarrollo económico VIGENTE EN FEBRERO
Línea ICO-Turismo Tramo Público
(+info)
Financiar los proyectos de renovación y modernización integral de destinos turísticos maduros, impulsados por las administraciones locales VIGENTE

ESTAS AYUDAS SE SUMAN A LAS DADAS POR LAS AUTONOMÍAS, ES DECIR SON COMPATIBLES