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Inmigrantes trabajando en situación de esclavitud
«Sólo podíamos ir al baño una vez al día»
Cinco marroquíes denuncian a un patrón por «esclavitud manifiesta»
LIDIA JIMÉNEZ – Cartaya – 28/11/2008- El País
Mohammed, Khalip y Chahid querían una vida mejor. Por eso, cuando un empresario les ofreció el pasado mayo viajar a España, a la localidad onubense de Cartaya, desde Marruecos, dijeron que sí sin dudarlo. Cobrarían 1.500 euros al mes, el triple de lo que recibían en Tánger. El trabajo era el mismo: taller de corte y confección. Lo que encontraron fueron palizas constantes por parte del patrón (también marroquí), 15 horas sin parar de trabajar y abusos verbales y psicológicos. El salario prometido se quedó en 200 euros por dos meses. Y a dividir entre cinco. Los mismos que presentaron una denuncia a la Guardia Civil. Ahora, el «jefe peligroso», como ellos lo llaman, está imputado por delitos contra la libertad de los trabajadores, de amenazas, lesiones y estafa.
«Sólo podíamos ir al baño una vez en todo el día», aseguraba uno de los tres trabajadores marroquíes que deambulaban ayer por el pueblo. «Si levantaba la cabeza de la máquina, me daba un golpe fuerte». «Entrábamos a la habitación [el supuesto taller] a las ocho de la mañana y salíamos a medianoche». Con la mirada perdida y un español escasísimo, sólo acertaban a decir: «Trabajar y trabajar, pero dinero nada». Prefieren esconderse en un portal por si «el jefe» pasa por la calle. No vive muy lejos.
«Lo que se ha producido aquí es un hecho manifiesto de esclavitud», resume Fernando Osuna, el abogado que les lleva el caso.
«En Tánger teníamos un contrato con la empresa textil Solinge. Hacíamos ropa para exportar a Europa. Teníamos un buen trabajo», explicaba ayer Khalip, de 30 años. «Pero pensamos que aquí era mejor porque cobrábamos el triple», continúa Mohammed. Con las manos en los bolsillos y la cabeza baja, confiesan que tienen hambre. «Hay que esperar el juicio y mientras tanto no podemos trabajar en nada. ¿Cómo pago un café del bar?», se pregunta. Khalip enseña su permiso de residencia. Se lee: Confección Industrial. «¿Ves? Sólo puedo trabajar en eso». Mohammed llevaba 17 años en la empresa de Tánger. «Tengo 35 años, una mujer y tres hijos pequeños. Ellos me preguntan: ‘Papá, ¿cuándo regresas?’. ¿Y qué digo yo, eh? Trabajar, sí, pero dinero no. No soy hombre listo». Khalip asiente a su lado. «No teníamos que haber venido», consigue decir entre francés y árabe.
Situación dramática
Así describió la Guardia Civil la situación de los trabajadores:
– El empresario cobró 7.000 euros a cada uno de ellos por darles trabajo.
– Trabajaban 15 horas en un local de 60 metros cuadrados sin ventilación.
– Podían ir una vez al baño y la segunda vez no les dejaba.
– Iban a cobrar 1.500 euros al mes, pero por dos meses les pagó 200 a repartir entre cinco.
– Les escupía a la cara, les insultaba y les daba patadas.
– Un trabajador con diarrea fue más de una vez al lavabo. Al darse cuenta el empresario, lo sacó del cuarto de baño, sin limpiarse, y lo sentó a trabajar.
LEY DE LA MEMORIA HISTÓRICA: Justicia «on line» y nacionalidad a nietos
Ley de la Memoria Histórica
Justicia abre una vía ‘online’ para obtener la declaración de reparación a los perseguidos en la guerra y el franquismo
El Ministerio de Justicia ha abierto una vía ‘online’ para solicitar la Declaración de reparación y reconocimiento personal de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura, un derecho recogido en el artículo 4 de la Ley de Memoria Histórica aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 26 de diciembre de 2007, informaron fuentes del Departamento que dirige el Ministro Mariano Fernández Bermejo.
A través de un ‘banner’ habilitado en la página web del Ministerio, www.mjusticia.es, dedicado a la Ley de Memoria Histórica, el interesado puede realizar su solicitud de forma telemática acreditando su identidad a través de un certificado digital, como por ejemplo el de Clase 2 CA de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, o el DNI electrónico.
El solicitante deberá aportar una copia impresa del justificante obtenido al realizar la petición, la documentación acreditativa de los hechos, las certificaciones y las resoluciones alegadas. En el caso de que el interesado no sea el mismo afectado, tendrá que adjuntar además la documentación acreditativa del parentesco entre ambos y remitirla, junto con lo anterior, al Registro General del Ministerio de Justicia.
Este procedimiento electrónico, que no excluye la modalidad presencial, garantiza el máximo respeto a la protección de datos de carácter personal.
La Declaración, aprobada como Real Decreto por el Consejo de Ministros el pasado 31 de octubre, «constituye un reconocimiento del derecho individual de reparación moral y de recuperación de la memoria personal y familiar a quienes durante la Guerra Civil y la Dictadura padecieron persecuciones, condenas, sanciones o cualesquiera otras formas de violencia personal por razones políticas, ideológicas o de creencia religiosa, entre otras», dice el Ministerio.
Pueden solicitarla los directamente afectados y, en caso de fallecimiento, los cónyuges o similares, ascendientes, descendientes y colaterales hasta segundo grado, así como las instituciones públicas en las que hubieran desarrollado un cargo relevante. De su tramitación se encargará la División de Tramitación de Derechos de Gracia y otros Derechos, órgano dependiente de la Subsecretaría de Justicia. La resolución, cuyo plazo es de seis meses, corresponderá al propio titular del departamento.
La Declaración no supone, en ningún caso, el reconocimiento de responsabilidad patrimonial del Estado ni de cualquier Administración Pública, ni da lugar a efecto, reparación o indemnización de índole económica o profesional. Sin embargo, será plenamente compatible con cualquier otra fórmula de reparación prevista en el ordenamiento jurídico.
NACIONALIDAD A HIJOS Y NIETOS DE EXILIADOS
Por otra parte, ante la inminente entrada en vigor, el próximo 28 de diciembre, de la disposición adicional séptima de la Ley de Memoria Histórica que reconoce la opción a adquirir la nacionalidad española a los hijos y nietos de emigrantes exiliados durante la Guerra Civil y la Dictadura, los interesados tienen publicada en el BOE y en la web del Ministerio de Justicia, a partir de hoy, la Instrucción elaborada por la Dirección General de Registros y Notariado que fija el procedimiento a seguir.
La solicitud, cuyo modelo puede descargarse a través de la página web del Ministerio, podrán presentarla las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español y aquellas cuyo abuelo o abuela, hubiese perdido o tenido que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio.
En cualquier caso, el plazo para formalizar la petición es de dos años desde la entrada en vigor de la disposición adicional séptima –es decir, antes del 29 de diciembre de 2010–, ampliable durante otro año más mediante acuerdo de Consejo de Ministros.
La solicitud se realizará ante el encargado del registro civil español (municipal o consular) correspondiente al lugar del domicilio del interesado, acompañada de otra serie de documentos, detallados en la Instrucción, que consisten básicamente en certificaciones literales de nacimiento, tanto del solicitante como de uno de sus progenitores españoles y, en el caso de los nietos, del abuelo o abuela españoles.
Dichas certificaciones registrales españolas también podrán pedirse en los registros civiles, municipales o Consulares, para su tramitación por vía electrónica a través de la página web del Ministerio de Justicia a partir del día 5 de diciembre de 2008.
Si al presentarse la solicitud de nacionalidad no se acreditan los requisitos exigidos, el optante estará obligado a completar la documentación en el plazo de treinta días naturales desde que se le requiera. En caso de denegación de la petición, podrá interponerse recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariado y en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
BRIGADISTAS INTERNACIONALES
Asimismo, la web del Ministerio ofrece la posibilidad de descargar el modelo de solicitud para requerir la nacionalidad española para brigadistas internacionales, un derecho que, como novedad, se podrá ejercer sin límite de plazo, frente a los tres años que fijaba la legislación anterior.
Este derecho, recogido en un Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros del 31 de octubre, desarrolla el artículo 18 de la Ley de Memoria Histórica que reconoce de nuevo y de un modo singularizado la labor de los brigadistas y amplía su derecho a la nacionalidad española eliminando el requisito de tener que renunciar a la suya anterior.
La última de las normativas, que también ha publicado hoy el BOE, es la Instrucción sobre el acceso a la consulta de los libros de defunciones de los Registros Civiles, disponible también en www.mjusticia.es
En cumplimiento de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Histórica, con esta Instrucción se pretende despejar las dudas que puedan suscitar en los encargados de los registros civiles las peticiones de información registral para el desarrollo de investigaciones científicas e históricas enmarcadas en el periodo de la guerra civil, el franquismo, el exilio y la transición.
Así, la Instrucción combina la publicidad del Registro Civil y el derecho de acceso a los fondos documentales depositados en los archivos públicos, si bien subraya que existen casos de publicidad restringida que afectan a la intimidad personal y familiar. También exige a los poderes públicos la adopción de medidas necesarias para la protección, la integridad y catalogación de los documentos, especialmente en los casos de mayor deterioro o riesgo de degradación.
Más información en: http://leymemoria.mjusticia.es/paginas/es/declaracion_reparacion.html
ORDEN DE PROTECCIÓN. ¿Cómo se solicita?
Orden de Protección
¿Dónde se regula? Ley 27/2003, de 31 de julio, reguladora de la Orden de protección de las víctimas de la violencia doméstica. (BOE. Núm. 183, 1 de agosto de 2003)
¿Quién la pide?– Cualquier persona víctima de violencia física o psíquica por parte de su cónyuge, ex cónyuge, persona con análoga relación de afectividad, hijos o padres), su representante legal o las personas de su entorno familiar más inmediato.
– El Ministerio Fiscal.
– El juez de oficio.
¿Cómo se solicita?A través de un formulario único disponible en las Comisarías, el Juzgado de Guardia, los servicios sociales municipales, autonómicos o estatales, el Ministerio Fiscal o las Oficinas de Atención a las Víctimas.
¿Dónde se presenta? Ante el Juzgado de Guardia, el Ministerio Fiscal, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, las oficinas de atención a las víctimas o los servicios sociales e instituciones asistenciales dependientes de las Administraciones Públicas.
Las entidades u organismos asistenciales con conocimiento de situaciones de violencia doméstica deberán ponerlas en conocimiento inmediato del juez de guardia o del Ministerio Fiscal.
¿Cuál es el procedimiento? El juez de instrucción de guardia, convoca a la víctima, a su representante legal, al solicitante, al Ministerio Fiscal y al agresor, asistido en su caso, de abogado a una audiencia de carácter urgente en un plazo máximo de 72 horas desde la presentación de la solicitud. El juez escucha a las partes por separado.
Celebrada la audiencia, el juez de guardia resuelve mediante auto lo que proceda sobre la solicitud de protección, así como sobre el contenido y vigencia de las medidas que incorpore.
La orden de protección se notifica a las partes y es comunicada por el juez inmediatamente, mediante testimonio íntegro, a la víctima y a las Administraciones públicas competentes para la adopción de las medidas de protección oportunas.
La orden se inscribe en el Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica.
¿Qué protección establece?Medidas penales: El juez, atendiendo a las circunstancias, puede acordar la prisión provisional del presunto agresor, salida del agresor del domicilio familiar y prohibición de volver al mismo, prohibición de residir o acudir a determinados lugares, prohibición de aproximación y/o comunicación con la víctima, suspensión del derecho a la tenencia o porte de armas.
Medidas civiles: Deben ser solicitadas por la víctima o su representante legal, y en caso de existir menores o incapaces, también puede solicitarlas el Ministerio Fiscal, todo ello siempre que no hubieren sido acordadas previamente por un órgano jurisdiccional civil.
Pueden consistir en la atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar, determinación del régimen de guarda y custodia, visitas, comunicación y estancia con los hijos, el régimen de prestación de alimentos. El juez, excepcionalmente, podrá autorizar a la mujer que concierte con una agencia o sociedad pública la permuta del uso atribuido de la vivienda familiar de la que sea copropietaria con el presunto agresor, por el uso de otra vivienda.
Las medidas civiles contenidas en la orden de protección tendrán una vigencia temporal de 30 días. Para que se prorroguen en el tiempo, es necesario presentar dentro de este plazo una demanda de separación, divorcio, nulidad matrimonial, filiación, o alimentos. En este caso, las medidas seguirán en vigor durante los 30 días siguientes a la presentación de la demanda y en ese plazo el juez civil deberá decidir si las mantiene o no vigentes.
Una vez obtenida, la orden de protección permite acceder a otros derechos:
– Renta Activa de Inserción, que incluye una ayuda en caso de cambio de residencia para hacer efectiva la protección de la mujer.
– La ayuda económica establecida en el artículo 27 dela Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género; así como las ayudas que establezcan al efecto las Comunidades Autónomas.
– Derechos laborales y de seguridad social:
- – Reducción o reordenación del tiempo de trabajo, movilidad geográfica, cambio de centro de trabajo, suspensión de la relación laboral con reserva de puesto de trabajo y extinción de la relación laboral. La suspensión y extinción de la relación laboral permiten acceder a la protección por desempleo si se cumplen los requisitos generales.- Las ausencias o faltas de puntualidad motivadas por la situación física o psicológica derivada de la violenca de género se considerarán justificadas.
– Las trabajadoras por cuenta propia que cesen en la actividad para hacer efectiva su protección o derecho a la asistencia social integral pueden suspender la obligación de cotización durante 6 meses.
– Solicitud de permiso de residencia por circunstancias excepcionales, que sólo será concedido cuando recaiga la sentencia condenatoria, y solicitud de permiso de residencia independiente de los familiares reagrupados.
– Acceso a viviendas protegidas y residencias públicas para mayores.
Para descargar el modelo de solicitud de orden de protección, pincha aquí .
EL LLANTO Y EL SUEÑO DE LA MUJER EN LA NASA
El llanto, el anhelo de un sueño de mujer viaja por le espacio sideral en la voz de una Búlgara- las misteriosas voces bulgaras de sublime belleza-, fue elegida para representar a la Humanidad y a nuestra civilización, esta melodia envía señales a otras galaxias como carta de representación de la naturaleza humana terrestre. Basta una voz de mujer para decir suscintamente todo aquello que somos.
Vaya con nuestra ternura para todas las mujeres maltratadas, explotadas sexualmente por los descebrados machistas que ven objetos donde hay tanta belleza que despedazan a golpes.
DENUNCIAN FALLOS EN LA APLICACIÓN DE LA LEY CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO
Las comarcas de Alacant sólo cuentan con 27 agentes para 3.000 mujeres maltratadas
http://www.levante-emv.com/secciones/noticia.jsp?pRef=2008031600_17_420417__Alacant-comarcas-Alacant-solo-cuentan-agentes-para-3000-mujeres-maltratadas—–Fuente: Levante
La Unidad de Prevención y Asistencia de Dénia tiene un único policía
70 mujeres de Alicante tienen un riesgo alto de maltrato, seis «extremo»
25.000 maltratadas y tan sólo 528 policías para protegerlas
Cada agente vela por 47 | Hoy es el Día Internacional contra la Violencia Machista.
DIA INTERNACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA MACHISTA EN ALICANTE
La Agrupación de Mujeres Abogadas denuncia que los profesionales amenazan a las víctimas con la pérdida de la custodia de los menores El colapso en estos centros genera una importante lista de espera y obliga a dar citas para visitas tuteladas hasta con seis meses de retraso
Así lo han manifestado a este diario algunas afectadas y desde la Asociación de Mujeres Abogadas de Alicante, que está estudiando presentar una queja al respecto ante la Conselleria.
«Ponen a las señoras en la tesitura de tener que hablar bien a los hijos de sus padres aunque sean maltratadores», explica una letrada en los juzgados de Benalúa.
Amparo Amorós, miembro de la citada asociación, confirma esta situación y asegura que se trata de un «criterio generalizado» en los PEF. «Se obliga a las víctimas a vender una falsa realidad cuando muchas veces han vivido un auténtico infierno y aún están en tratamiento psicológico. Es una salvajada. Ellas se niegan con todo el derecho del mundo», relata esta abogada.
A una de sus clientas le ocurrió el pasado mes de noviembre en el punto situado en la avenida de Denia de Alicante, que es gestionado por una fundación a través de un convenio con la Conselleria de Bienestar Social. La mujer, sin embargo, avisó de que no iba a hablar al niño «ni bien ni mal» de su padre maltratador.
Como ya publicó este diario, ese PEF dejó de cumplir visitas tuteladas acordadas por los jueces a mediados del pasado mes de diciembre porque las competencias son de la Conselleria de Justicia. No obstante, el centro con que cuenta ésta en la calle Tucumán de Alicante sólo realiza intercambios, por lo que las visitas se están remitiendo desde entonces a San Vicente del Raspeig.
El colapso ha provocado que en algunos casos las citas tarden hasta seis meses desde que se ha dictado la sentencia de un divorcio.
La lista de espera va creciendo al mismo ritmo con que Justicia crea PEF en otros municipios con escasos medios.
«Los padres de Alicante tienen que llevar a los niños al punto de San Vicente, que está saturado, y los horarios se fijan en función de la disponibilidad del centro», según advierte la responsable del Turno de Oficio del Colegio de Abogados de Alicante, Lydia García-Olcina, según la cual la institución profesional «ve con gran preocupación lo que está pasando».
Los magistrados echan mano de este recurso público en aquellos casos donde creen que el menor corre cierto riesgo, bien porque su progenitor es agresivo, ha sido condenado por malos tratos o tiene una adicción a las drogas. Esas visitas deben ser supervisadas por un psicólogo o un trabajador social, pero las letradas sostienen que el personal no está «especializado» en los malos tratos de carácter machista.
Informe para el Gobierno
La asociación ha elaborado un informe para la Subdelegación del Gobierno donde denuncia serias deficiencias en la aplicación de la Ley Integral contra la Violencia sobre la Mujer.
Critican sobre todo la falta de especialización de los profesionales que trabajan en los juzgados específicos, por ejemplo de los «jueces y fiscales sustitutos», y la carencia de equipos técnicos.
Las abogadas alicantinas ampliarán en breve ese informe con otro documento en el que también harán referencia a los PEF. Amorós cree que en ellos se está produciendo «una segunda victimización» de las mujeres porque «se sienten a menudo desamparadas».
La plantilla que los atiende «no conoce la dinámica de la violencia de género y muchas veces se deja embaucar por los maltratadores, que suelen tener una capacidad de manipulación innata. Luego tergiversan la realidad y dan una información sesgada a los juzgados», lamenta.
Se han dado algunos casos en los que las víctimas han sido advertidas de que su falta de colaboración podría derivar en un diagnóstico de «Síndrome de Alienación Parental» respecto al menor con el consiguiente riesgo de la pérdida de la custodia.
La integrante de la asociación alicantina de abogadas acusa a los magistrados de ser «reacios a la hora de decretar la suspensión del régimen de visitas cuando ven que existe un peligro para el menor».
A la angustia que para muchas mujeres supone dejar obligatoriamente a sus hijos en manos de los hombres que las han maltratado se suman, de acuerdo con las fuentes consultadas para elaborar esta información, «las listas de espera»de los PEF, la falta de preparación específica de los profesionales que los atienden y los «horarios restrictivos».
Actualmente, el centro de San Vicente del Raspeig cierra todos los lunes, martes y jueves, las mañanas de los miércoles y los viernes, las tardes de los sábados y las mañanas de los domingos.
Las comarcas de Alacant sólo cuentan con 27 agentes para 3.000 mujeres maltratadas
Fuente: Levante
La Unidad de Prevención y Asistencia de Dénia tiene un único policía
70 mujeres de Alicante tienen un riesgo alto de maltrato, seis «extremo»
25.000 maltratadas y tan sólo 528 policías para protegerlas
Cada agente vela por 47 | Hoy es el Día Internacional contra la Violencia Machista.
SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO PROFESIONAL DE TÍTULOS
Reconocimiento profesional de títulos
La vía más rápida para ejercer una profesión regulada en nuestro país
El reconocimiento profesional de un título es la alternativa más rápida y económica (no exige el pago de tasas) para aquellos ciudadanos de la Unión Europea que quieran ver reconocido su título únicamente a efectos profesionales, siempre que se trate de una profesión regulada. Médicos, Arquitectos, Abogados, Maestros o Ingenieros son algunos de los más de 130 profesionales que se pueden beneficiar de esta vía para ejercer su profesión en nuestro país. Hay que tener en cuenta que este reconocimiento no significa en ningún caso que el título sea considerado equivalente a un título nacional.
- Autor: Por MARTA VÁZQUEZ-REINA
- Fecha de publicación: 24 de enero de 2008
– Imagen: Mary Gober –
El sistema de reconocimiento profesional de títulos entre países miembros de la Unión Europea, así como Noruega, Islandia, Liechtenstein y Suiza, es la respuesta a los obstáculos con los que se encuentran aquellos ciudadanos europeos que quieren ejercer una profesión regulada en nuestro país, es decir, aquella cuyo ejercicio está reservado a las personas que poseen unas determinadas cualificaciones profesionales adquiridas por medio de una formación específica. De este modo, a través de este sistema, se reconoce que aquellos que en su país de origen estén cualificados para ejercer una determinada profesión, también lo están para ejercerla en otro.
Este reconocimiento es posible gracias a las distintas Directivas Europeas que establecen tanto los criterios mínimos, de duración y contenido, que deben cumplir las formaciones dirigidas al ejercicio de las profesiones reguladas, como el reconocimiento automático de los títulos que responden a esos criterios mínimos.
Profesiones como Médico, Veterinario o Arquitecto son reconocidas automáticamente
Por una parte, están las Directivas Sectoriales, que se dirigen exclusivamente a las siguientes profesiones: Médico y Médico Especialista, Enfermero responsable de cuidados generales, Matrona, Odontólogo, Veterinario, Farmacéutico y Arquitecto. La aplicación de estas directivas, concretas para estas profesiones, ha permitido la armonización entre los distintos países de las formaciones conducentes a su ejercicio, lo que facilita que estos títulos sean reconocidos de forma directa, sin ningún tipo de evaluación previa.
Sin embargo, este reconocimiento automático no es posible para el resto de profesiones, que están reguladas por las denominadas Directivas del Sistema General. Como su mismo nombre indica, estas directivas son generalizadas para todas las profesiones reguladas, con el fin de evitar los largos trámites que hubiera supuesto una directiva exclusiva para cada una de ellas. Por tanto, no se han podido coordinar previamente las formaciones, y en consecuencia, el reconocimiento de estas profesiones exige un estudio individualizado de cada solicitud, que debe pasar por un proceso en el que se comprobará que la profesión regulada que se desea ejercer es la misma que para la que se está cualificado en su país, y se verificará que la duración y contenido de la formación no difiere de la del lugar donde quiere ejercer la profesión.
Si existen diferencias sustanciales en las formaciones se pueden imponer medidas compensatorias
En este sentido, el sistema de reconocimiento se basa en el principio de confianza mutua, es decir, un Estado miembro no puede denegar el acceso a una profesión regulada en su territorio a los ciudadanos comunitarios que estén plenamente cualificados para ejercer dicha profesión en otro Estado miembro, independientemente de las diferencias entre las formaciones exigidas en uno y otro Estado. Sin embargo, si se determina que existen diferencias sustanciales entre las formaciones, se pueden imponer medidas compensatorias, tales como la realización de una prueba de aptitud o un período de prácticas, como paso previo al reconocimiento.
Solicitud del Reconocimiento
Para la solicitud de reconocimiento de las profesiones reguladas por Directivas Sectoriales, los interesados deben dirigirse directamente al Ministerio de Educación y Ciencia, mientras que en el caso de aquellas profesiones reguladas por Directivas del Sistema General, normalmente es el Ministerio que tiene relación con la profesión que se quiere reconocer, el que se encarga de los trámites de reconocimiento; así, por ejemplo, para el caso de un abogado, es el Ministerio de Justicia el encargado del reconocimiento de la titulación. Por otra parte, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, también se encargan del reconocimiento de algunas de las profesiones incluidas en las Directivas del Sistema General.
Aquellos solicitantes con profesiones reguladas por Directivas Sectoriales, deberán aportar, junto con el Modelo Oficial de Solicitud, los siguientes documentos oficiales: una fotocopia compulsada del título académico y profesional (con su correspondiente traducción oficial al castellano) y fotocopia compulsada del documento acreditativo de nacionalidad. Por su parte, los solicitantes de aquellas profesiones reguladas por el Sistema General, además de la anterior documentación, deberán incluir junto con su solicitud, la fotocopia compulsada de la certificación académica de los estudios realizados para la obtención del título, la duración oficial del plan de estudios seguido, así como la carga horaria total de cada una de las materias cursadas y la realización de prácticas profesionales o la experiencia laboral, en su caso.
Una vez solicitado el reconocimiento, las autoridades competentes disponen de tres meses, en el caso de profesiones reguladas por directivas sectoriales, o cuatro meses, en el resto de las profesiones, para tramitar la solicitud y adoptar una decisión: reconocer la titulación, condicionar el reconocimiento a un requisito compensatorio o denegar la solicitud.
¿Se pueden reconocer títulos de ciudadanos de otros países?
En un principio, el sistema de reconocimiento de títulos sólo es aplicable cuando dichos títulos han sido expedidos por un Estado miembro de la Unión Europea y cuando la formación se haya cursado en uno de esos países.
Este requisito se mantiene inalterable en el caso de aquellas profesiones reguladas por Directivas Sectoriales. Sin embargo, las Directivas del Sistema General incluyen la posibilidad de reconocer títulos de terceros países, en aquellos casos en que dichos títulos hayan sido reconocidos previamente por un Estado miembro, en función de su legislación nacional y siempre que el titular haya ejercido la profesión para la que se le habilita dura
Bancos públicos y cuando lo que vital se convierte en prescindible
Bancos públicos y cuando lo que vital se convierte en prescindible
Dicen que el sistema financiero constituye el corazón y la corriente sanguínea de la economía. Los bancos bombean el flujo de crédito que, de forma capilar, llega todos los rincones del cuerpo: empresas, familias e individuos. Este particular sistema circulatorio puede sufrir un infarto, una crisis, en la que todo deja de funcionar. Ese es el panorama. En ese instante quedan dos opciones: o bien aplicar un ‘electroshock’ -vía bajada de tipos de interés e incetivos fiscales- o bien se trasplanta el sistema -recapitalizaciones e inyecciones de liquidez-. O las dos a la vez. Las quejas del sector bancario se centran en que se puede producir un fenómeno de competencia desleal, como se encargó de repetir ayer el presidente de la Asociación Española de Banca (AEB), Miguel Martín, porque el proceso de ampliar capital con cobertura de los Estados se está creando una nueva especie híbrida -mitad privada, mitad pública-, mejor preparada, más capitalizada y fuerte.
Y ante los nuevos entes, los bancos privados poco pueden hacer. Santander y Barclays se han embarcado en dos ampliaciones de 7.200 millones de euros por barba. Y el mercado los está destrozando, el menos, en bolsa. «El problema es que se está pidiendo a los bancos nuevos niveles de capital en el momento bajo del ciclo, en lugar de en tiempos de bonanza», señaló Martín. «Los gobiernos están aplicando quimioterapia al sistema financiero (…) y no se discrimina», dijo. El caso es que, en el proceso de transplante del sistema financiero, la sociedad, la pequeña empresa y el ciudadano, ese gran desconocido, se pregunta por qué no se da crédito. Por qué las entidades financieras han ahogado la marcha de muchas empresas. ¿Por qué? Y en esto surgen los Gobiernos y comienza a plantearse algo que debe hacer temblar a todos los banqueros. ¿Qué pasa si el Estado termina sustituyendo al sector privado con banca pública?. Leer más…
LOS PERIÓDICOS
Consideramos que en este mundo globalizado la información sencilla y estructurada potenciaría menos la expulsión de la juventud de los diarios. Pongamos un caso, estos días presenciamos titulares que dejan perplejos a miles de espectadores en mútiples temas , tomemos por caso la economía.
Así asistimos a noticias como «España planteará al G-20 que asuma su modelo de control El País- 12-11-Financial Times elogia “la regulación rigurosa” del Banco de España 10/11/2008 Y desde Alemania aseguran que con el ejemplo español no se habría producido crisis The Wall Street Journal de Murdoch también se rinde a la regulación bancaria española.
El diario financiero The Wall Street Journal, controlado por grupo de comunicación del magnate conservador Rupert Murdoch en el que también trabaja como consejero el ex presidente Aznar, ha publicado una noticia elogiosa sobre la regulación bancaria española. Por su parte, el Berliner Zeitung celebra la presencia de Zapatero en la cumbre de Washington porque “el mundo puede aprender de España”. Aseguran incluso que si es hubiera seguido el ejemplo español no habría habido crisis. «
Pero en ninguna de ellas nos cuentan lo que de genuino tiene el sistema financiero español y en qué consiste eso que es alabado y de lo que carecen otros países.
Por casualidad, oyendo una tertulia pudimos escuchar algunas de esas características dichas rápidamente por un periodista ante otro tertuliano que le tapaba la voz chillando. Ya nunca más lo volveremos a oir, ni lo sabríamos repetir. Con esta carencia, lógicamente, se generan los comentarios maliciosos en la calle y los chistes referentes a nuestra incompetencia y mal uso político en todo. ¿ Por qué la prensa no explica didácticacticamente? Bastaría con un link y sabríamos de qué están hablando….
También en estos momentos de crisis económica en España sería bueno repensar este artículo del Diario Cotizalia: el éxito de Obama reside en haber creado unos valores inclusivos y una noción de ciudadanía a los que cualquiera se ha podido sumar porque tales valores no son sectarios, sino que engloban a todos los americanos, independientemente de su raza, religión o condición social. El carácter necesariamente global del esfuerzo por la construcción de un nuevo paradigma conlleva que los países tengan la obligación moral de aparcar resentimientos históricos o diferencias ideológicas para aunar esfuerzos y, de forma ágil y responsable, fijar un camino para la gran mayoría de los ciudadanos de nuestro planeta.
Lo que hereda Obama
- A día 11 de noviembre a las 09.14, la deuda USA es de 10.635.794.969.002$, cantidad que va aumentando segundo a segundo y de hecho hay un reloj que lo va marcando (http://en.wikipedia.org/wiki/National_Debt_Clock) y no hace mucho comentamos aquí que al pasar de 9 billones a 10 hubo que arreglarlo. Actualmente va aumentando 500.000.000.000 al mes desde octubre, cifra de crecimiento que se espera se reduzca fuertemente ya que es en media lo que crecía anualmente desde 2003. En septiembre el gobierno USA amplió, muy oportunamente, el límite de endeudamiento desde los 10.6 billones a los 11.3 pero todo apunta que se quedará corto en 2009
- El PIB -estimado- americano de 2007 es de 13.800.000.000.000, luego la deuda actual está en torno al 75% del PIB y todo apunta a que empeorará acercándose al 90% sólo por el aumento de la deuda, si además tenemos en cuenta que el PIB puede se reduzca si efectivamente hay recesión, esto podría ser aún peor. No son los máximos históricos como se puede apreciar en el gráfico pero hay que recordar que sólo se superó el 100% debido a la Guerra Mundial:
- BLOG EURIBOR
- http://www.euribor.com.es/2008/11/11/lo-que-hereda-obama/comment-page-5/#comment-149733
Los toreros piden que se luche contra el dopaje en los toros de lidia
Los toreros piden que se luche contra el dopaje en los toros de lidia
Los matadores de toros están preocupados por el comportamiento «anómalo» de algunos astados durante la lidia, que creen puede deberse a la administración fraudulenta de algún tipo de fármacos, según se expuso hoy en el VI Congreso Mundial Taurino de Veterinaria, que desde ayer se celebra en la Universidad de Murcia.
EFE El espada Ángel Gómez Escorial, uno de los participantes en la mesa redonda que analizó la influencia de los tratamientos farmacológicos en el comportamiento de los toros, señaló que «no disponemos de la prueba concluyente del dopaje, pero tenemos la sensación de que algo raro ocurre».
«Y pensamos así, añadió, porque hay reacciones del toro en la plaza que no son normales; se le ve sin fijeza, como si tuvieran cara de locos, y eso en nosotros crea una incertidumbre grande, porque son imprevisibles».
Gómez Escorial, que dijo recoger el sentir de otros espadas, comentó que «preferimos enfrentarnos a un toro que te esta avisando de que te quiere coger antes que a otro que te coge y no sabes por qué».
Afirmó también que no quería dar la sensación de que este problema está generalizado en todas las plazas, ya que lo limitó a determinados cosos, aunque pidió a los veterinarios que incentiven sus estudios sobre el particular, «porque hay unas personas que nos estamos jugando la vida».
Por su parte, el secretario del Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid, José Luis Iglesias, se refirió a la «sensibilización» que hay en la sociedad por el riesgo de que la administración incontrolada de fármacos pase a la cadena alimentaria.
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